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lunes, 8 de octubre de 2007

Blind Justice o mundo al reves


La noticia aparecida hoy en el diario cordobés La Voz del Interior nos muestra con marcada nitidez, la diferencia que existe entre ... el accionar de un sector del Estado, en este caso la Aduana, y algunos sectores del Poder Judicial. Días atrás pusimos de resalto un fallo de la Cámara Federal de Tucumán que resolvió de manera sorprendente desestimar una denuncia. En la mencionada causa, pese a encontrarse acreditado que un comerciante de dicha ciudad se encontraba comercializando productos falsificados, la Cámara resolvió desestimar la denuncia bajo el argumento que el denunciante, es decir el propietario de la marca, había logrado un reconocimiento extrajudicial en el marco de otra causa judicial, de parte de quién se encontraba fabricando el producto espúreo. Por tal motivo, este último se avino a indemnizarlo y a cesar en el delito. Pero curiosamente este hecho positivo y que en otros países es algo que se busca siempre,-me refiero al acuerdo extrajudicial-, para la Cámara de Tucumán pareciera un hecho ilícito que deslinda la responsabilidad del comerciante denunciado?; y por el contrario, -y lo mas absurdo por cierto-, convierte en sospechoso al titular de la marca.!!?
No se sorprendan queridos amigos; no está mal escrito ni expresado. Simplemente que no se entiende o resulta inexplicable lo resuelto por el tribunal Tucumano.
Mas recientemente, comentamos el fallo de otro Tribunal de Alzada; el de la sala I de la Cámara Federal Penal de la Capital Federal, que anuló una causa por falsificación de marcas, por el hecho que la Policía que intervino en las tareas de inteligencia previa ordenadas por el Juez Instructor, para aportar mayor certeza a la investigación ordenada, decidió adquirir con factura de compra un producto en infracción, para de esta suerte asi, acreditar que en el comercio denunciado, se encontraban comercializando los productos falsificados en cuestión.
Conclusión, para la sala I, esta compra durante las tareas de inteligencia previa, convirtió a la Policía en "instigadora" del delito; por ello, se denominó a quién adquirió el producto como agente "provocador", creador del delito; y como contrapartida, redimió de toda culpa y responsabilidad al comerciante infractor.
Estos fallos que comento y que ponen en evidencia a lo que nos debemos enfrentar quienes nos dedicamos a proteger -o pretendemos cuanto menos hacerlo-, los derechos de los ciudadanos en la órbita de un tribunal, ponen también de manifiesto el alto grado de inseguridad jurídica que reflejan luego los informes internacionales, a la hora de calificar a nuestro país.
Sin embargo, asi como debemos agraviarnos de fallos como los que comento, que nos hacen dudar si no estamos en el mundo del revés, como enseñaba la canción de María Elena Walsh, también debemos rescatar el accionar positivo de otros organismos, como la Aduana en este caso, que no ceja en su lucha contra la piratería.
Esta vez los nuevos procedimientos fueron llevados a cabo en zonas secundarias de la Ciudad de Córdoba; una vez mas la Aduana avanzó contra aquellos que se dedican al fraude marcario, secuestrando carteras, bolsos, relojes, cintos, billeteras, pañuelos y anillos, por valores cercanos a los U$S 180.000, si se hubiera tratado de productos originales, según informó el Organismo.
Una de cal y una de arena. O mejor dicho, muchas de cal y unas pocas de arena.
Pero por suerte, tanta "injusticia" encuentra algún paliativo en el accionar de organismos como AFIP y Aduana, que como vemos, no se limitan solo al cuidado del fraude marcario en frontera, sino que también se ocupan de lo que ocurre puertas adentro; supliendo en alguna medida la ceguera que parecieran sufrir algunos miembros del poder judicial.




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