miércoles, 23 de diciembre de 2009

Muy Feliz Navidad


A todos los lectores del blog les dejo mis mejores deseos para que tengan una muy feliz navidad y un muy buen comienzo del nuevo año que ya se anuncia. Esperemos que el año próximo nos permita ver un país mas comprensivo, mas equilibrado, con dirigentes que estén a la altura de las circunstancias y con un pueblo que advierta que el único secreto para que una sociedad crezca es trabajo y esfuerzo, y no dádivas ni reclamos inconsistentes. Este país creció y se desarrollo a partir del trabajo y del esfuerzo de nuestros mayores. Lamentablemente lo estamos desnaturalizando con nuestros desencuentros constantes, con los piquetes de cada dia, con enfrentamientos entre derechas e izquierdas, blancos o negros y tantas estupideces mas que pseudos dirigentes gritan ante cada microfono que se le pone enfrente. Se deben rescatar las instituciones. Un país sin instituciones fuertes es muy vulnerable y no asegura las premisas básicas que toda democracia debe tener. En lo particular para lo que interesa en este blog, la lucha contra la falsificación marcaria no ha tenido como ya he manifestado antes de ahora avance ninguno. El legislador continúa sin prestarle atención. La justicia tampoco. Tan solo la Aduana persiste en la lucha. No alcanza. Ojalá el nuevo año nos sorprenda con cambios como los que hemos visto en el que corre, en lo que toca a la falsificación de medicamentos. Hasta entonces, mis mejores deseos de paz y prosperidad. Feliz navidad y feliz año nuevo para todos,
RJ

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lunes, 21 de diciembre de 2009

Avances y retrocesos en la falsificción de marcas

Recuerdo hace un año haber reclamado en Aduananews la reforma del Código Penal para incorporar como delito la falsificación de medicamentos. Exactamente con fecha 2 de Diciembre de 2008, y bajo el título "¿Es delito la falsificación de medicamentos?" recordaba que nuestra legislación no tipificaba como delito propiamente dicho la falsificación de medicamentos. Decía al respecto, que aunque sorprendiera esa afirmación, lo cierto es que la falsificación de medicamentos no estaba contemplada en nuestro Código de Fondo en materia penal...
Un año después, tanta prédica parece que finalmente dió sus frutos; muy recientemente , se promulgó la ley 26.524 que modifica los arts. 200 y ss. del Código Penal, incorporando de esta manera a la falsificación de medicamentos como un nuevo tipo penal. Al respecto, pueden remitirse al artículo también publicado en Aduananews pero de fecha reciente, del 1 de Diciembre de 2009, titulado "Falsificación de medicamentos: su combate (Ley 26.524) y trips comercio exterior (Ley 24.425)" en el que se desarrolla el tópico.
Se reformó también el art. 1 la ley de farmacias Nº 17565, que establece que a partir de ahora, “la preparación de recetas, la dispensa de drogas, medicamentos, incluidos los denominados de venta libre y de especialidades farmacéuticas, cualquiera sea su condición de expendio, sólo podrán ser efectuadas en todo el territorio de la Nación, en farmacias habilitadas". Otro paso adelante en la lucha contra la falsificación de medicamentos. Finalmente, se está trabajando también para formalizar la exigencia de trazabilidad en toda la cadena de medicamentos.
En pocas palabras, se dió un significativo avance en lo que tiene que ver con la falsificación de medicamentos.
También hemos sido testigos de los avances que se han dado en la lucha contra la violación a la ley 11.723. Entidades profesionales, gremios, todos se han puesto de acuerdo para dar un combate organizado contra este flagelo que amenaza a una industria toda.
Lo que lamentablemente no ha experimentado avance ninguno, es lo que tiene que ver con la falsificación marcaria propiamente dicha. El legislador se niega a darle la entidad que este delito reclama, y por tanto, continúa sin una sanción seria que desaliente en su comisión como estipula el Acuerdo ADPIC al que nuestro país adhirió. Para peor, distintos fallos judiciales han deslindado la responsabilidad de sujetos que habrían incurrido en el delito basados en que las copias por su calidad no inducían a error al publico consumidor. Y hasta hemos escuchado de boca de algún legislador la defensa de la actividad en aras de justificar el comercio informal que se desarrolla en muchas de las ferias que habitan el conurbano bonaerense.
En síntesis, celebro y apoyo lo actuado en torno a la falsificación de medicamentos asi como lamento que no se tome todavía debida nota de la gravedad que encierra la falsificación de marcas.

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jueves, 3 de diciembre de 2009

Falsificacion de medicamentos

Les dejo el artículo publicado el día de hoy por Aduananews referente al tema falsificación de medicamentos. Presten atención a la dimensión que va tomando la causa conocida como la mafia de los medicamentos... que va teniendo derivaciones insospechadas.
A continuación transcribo lo publicado.
Un fuerte abrazo a todos,
RJ

Falsificación de medicamentos: su combate (Ley 26.524) y trips comercio exterior (Ley 24.425)
Martes, 01 de Diciembre de 2009 00:00 Por el Dr. Roberto J. Porcel Doctrinas - Ultimas doctrinas
Mucho he insistido con la necesidad de reformar la ley de marcas en su aspecto penal. En ese norte, señalé que la especie dentro del género, refiriéndome a la falsificación de medicamentos, requería con urgencia de un tratamiento especial. Sobre todo teniendo a la vista lo que sucedió con la llamada mafia de los medicamentos.

Tanta prédica parece que finalmente ha dado sus frutos; así pues, muy recientemente hemos asistido a la reforma del Código Penal, en el capítulo referente a los delitos contra la salud pública. En efecto, con fecha 4 de Noviembre del corriente año, se promulgó la ley 26.524 que modifica los arts. 200 y ss. del Código Penal, incorporando de esta manera a la falsificación de medicamentos como un nuevo tipo penal.

Recordarán ustedes que el art. 200 establecía “Será reprimido con reclusión o prisión de tres a diez años, el que envenenare o adulterare, de un modo peligroso para la salud, aguas potables o sustancias alimenticias o medicinales, destinadas al uso público o al consumo de una colectividad de personas.Si el hecho fuere seguido de la muerte de alguna persona, la pena será de diez a veinticinco años de reclusión o prisión”.

Es decir, soslayaba la falsificación.

A partir de la reforma, la norma quedó redactada de la siguiente manera “Será reprimido con reclusión o prisión de TRES (3) a DIEZ (10) años y multa de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) a PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000), el que envenenare, adulterare o falsificare de un modo peligroso para la salud, aguas potables o sustancias alimenticias o medicinales destinadas al uso público o al consumo de una colectividad de personas”.

Advertirán entonces que la reforma incorporó la falsificación de sustancias medicinales dentro de los delitos contra la salud. Hasta aquí, se sancionaba tan solo al que adulteraba o envenenara sustancias medicinales, pero no al que las falsificaba. Esto producía una laguna, de la que se aprovechaba el autor de la falsificación para eludir la responsabilidad criminal bajo el argumento precisamente que no había incurrido en el tipo penal previsto por el art. 200; es decir, no había ni adulterado una sustancia original ni la había envenenado. Simplemente la había falsificado.

La reforma no alcanzó tan solo a este artículo, sino que se ocupó de los arts. 201, 203 y 204. Pueden ustedes leerla íntegramente en mi blog http://robertoporcel.blogspot.com/2009/11/por-fin-la-falsificacion-de.html.

Saludable intervención del legislador. Pero esta vez, no agotó allí su actividad. En efecto, se modificó también el art. 1 la ley de farmacias Nº 17565, por lo cual, a partir del pasado mes de noviembre, “la preparación de recetas, la dispensa de drogas, medicamentos, incluidos los denominados de venta libre y de especialidades farmacéuticas, cualquiera sea su condición de expendio, sólo podrán ser efectuadas en todo el territorio de la Nación, en farmacias habilitadas".

Con ello, a partir de esta ley sólo quedarán habilitados para comercializar medicamentos las farmacias. El citado primer artículo remarca que los remedios denominados de venta libre "deberán ser dispensados personalmente en mostrador por farmacéuticos o personas autorizadas para el expendio".

Como podrán apreciar entonces, se le va poniendo un marco armónico a todo lo que rodea al delito de falsificación de medicamentos. Evidentemente, no pasó desapercibido esta vez para las autoridades sanitarias el escándalo por la distribución de medicamentos adulterados y falsificados. De todas maneras sería oportuno no quedarnos con el dictado de las leyes sino avanzar en la inspección y control de aquellos lugares donde todos sabemos se expenden toda clase de medicamentos sin ningún tipo de control.

Finalmente, también pasó por la Cámara Baja el pasado mes de Octubre, un proyecto tendiente a mejorar la trazabilidad y ofrecer controles mucho más férreos sobre los distintos puntos de la cadena de abastecimiento de medicamentos a fin de regular la trazabilidad de los mismos, en aras de minimizar según dicen sus autores la posibilidad que se siga produciendo con tanta facilidad el delito de falsificación de medicamentos. El proyecto en cuestión, prevé que el laboratorio incorpore en cada envase un dispositivo que, por medio de su registro informático, permita a distribuidores, droguerías y consumidores verificar la identificación y trazabilidad del producto”.

En síntesis, queda claro que se está avanzando en la lucha contra la falsificación de medicamentos. En hora buena. Solo pondría énfasis y continuaría llamando la atención del legislador en la modificación que se impone de la ley de marcas en su aspecto penal, que sigue siendo una deuda pendiente, no solo por lo comprometido por nuestro país en el Acuerdo TRIPs, sino porque todavía deja abierta una rendija por donde se podría eludir la responsabilidad penal de aquel que falsifica un medicamento a partir de una marca o de un packaging. En otras palabras con aquel que ni adultera ni falsifica una sustancia medicinal pero si falsifica una marca. Por ejemplo falsificando el packaging y rellenando el envase con aspirinas.

Dr. Roberto J. Porcel
http://robertoporcel.blogspot.com

Aduananews S.R.L.

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jueves, 12 de noviembre de 2009

Nuevos disturbios en torno a La Saladita

Una vez mas somos testigos de actos de violencia entre puesteros a lo largo del Riachuelo, frente a la famosa "Feria de La Salada". Se resisten aquellos a que se lleve adelante la orden del Juez Federal de Quilmes Luis Armella para que se desalojen los puestos ilegales ubicados a la vera del Riachuelo en el plazo de 30 dias... conforme la intimación recibida en tal sentido por el flamante intendente de Lomas de Zamora, Martín Insaurralde, sucesor de Jorge Rossi. Según relata lapoliticaonline.com los dueños de los puestos solicitan pasar las fiestas primeros, que es la época de mayores ventas, y que se les otorgue un plazo de 90 dias para "negociar" con el Intendente de Lomas de Zamora. Tengamos en cuenta que dichos puestos son ilegales, y que los problemas sanitarios que tienen son vergonzosos, con riesgo para la salud de la gente y para el medio ambiente", según palabras del jefe comunal. No solo ello, sino que obstaculizan las obras para
cumplir con el saneamiento de la cuenca Matanza-Riachuelo.
Destaca el sitio web que vengo citando, que un referente de los puesteros ilegales de la zona ubicada fuera del complejo trasmitió a este medio que "se corre el rumor de que nos quieren sacar pero vamos a resistir, si tenemos que cortar calles o impedir el paso a la feria internada lo vamos a hacer".
Otros vecinos de la zona, cita también lapoliticaonline, aseguran que el conflicto “es muy complicado” y temen que la intransigencia de los comerciantes genere "una tragedia". En este marco, revelaron que como “hay mucha necesidad social y algunos están en el límite de la legalidad puede suceder una muerte”.
Lo ciertos es como señala la dirigente Susana Ledesma que "como la calle Tilcara fue usurpada por los comerciantes en la zona no pueden ingresar colectivos, ambulancias ni patrulleros por lo cual esto es una boca de lobo".
En este escenario, se desarrolla el "negocio" de la feria, que como todos saben comercializa artículos y prendas en infracción a las leyes 11.723 y 22.362 y medicamentos en infracción a la nueva legislación penal vigente. En otras palabras, pareciera que estuvieramos en presencia de un lugar donde la ley no es exigible y donde todo estuviera permitido por el solo designio de sus responsables de no acatar ni las desiciones judiciales, ni comunales ni sentirse obligados por la legislación vigente.
RJ


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martes, 10 de noviembre de 2009

Falsificación de medicamentos: trazabilidad y venta libre

Hay varios proyectos de ley ingresados en la Cámara Baja tendientes a regular la trazabilidad de los medicamentos, en función de minimizar según dicen sus autores las posibilidades que se siga produciendo con tanta facilidad el delito de ... falsificación de medicamentos. Por caso, la organización internacional sin fines de lucro que se identifica como GS1, -GS1 Healthcare para temas vinculados a la salud-, que actúa en más de 150 países, y cuyo objetivo es generar herramientas y soluciones para mejorar las distintas cadenas de abastecimiento; y que en la Argentina la componen empresas como Molinos Río de la Plata, Jumbo Retail, Danone, Nestlé, Coto, Unilever, Arcor, Wal-Mart, Johnson & Johnson, Gillete, Colgate Palmolive y los laboratorios Roche, Bago, Temis Lostalo, Novartis y Glaxo Smithkline Argentina, entre otros, acaba de reconocer en un dialogo con Infobae.com a través de su jefe de Área de Captura Automática de Datos de GS1 Argentina, que el actual sistema de control de medicamentos no es el adecuado. Hasta aqui, todos de acuerdo. Por ello es que legisladores nacionales y distintos organismos presentaron proyectos de ley con el fin de mejorar la trazabilidad y ofrecer controles mucho más férreos sobre los distintos puntos de la cadena de abastecimiento de medicamentos.
Sin embargo, la discusión pareciera centrarse a partir de la lectura de los distintos proyectos presentados, en la efectividad que pudieran ofrecer los distintos metodos de control ofrecidos por unos y otros.
Al respecto resulta interesante leer Pagina12 cuando explica que el proyecto que pareciera estar mas avanzado y que contempla que “el laboratorio debe incorporar en cada envase un dispositivo que, por medio de su registro informático, permita a distribuidores, droguerías y consumidores verificar la identificación y trazabilidad del producto”, que fue tratado por Diputados la noche del 28 de Octubre, habría sido criticado sin embargo por la Asociación Argentina de Farmacéuticos de Hospital toda vez que desestima dos recomendaciones importantes por ellos efectuadas. La primera es que la identificación del producto se efectúe por radiofrecuencia (el método que se usa para impedir el robo de productos en librerías y otros establecimientos) y no por métodos menos seguros como el código de barras”.
La segunda condición propuesta por la Asociación de Farmacéuticos de Hospital es “que las tarjetas de identificación sean provistas por la Casa de la Moneda, perteneciente al Estado, lo cual, sumado a la seguridad de la radiofrecuencia, impedirá que existan envases ‘mellizos’. Enfatizan que no deberían ser emitidas por un proveedor elegido por los comercializadores mismos”.
Como sea, lo cierto es que aún cuando podamos discutir sobre cual método es el mas conveniente, lo cierto es que resulta auspicioso ver que finalmente se está actuando para poner límites a la falsificación de medicamentos.
Ya hemos visto que se ha reformado el Código Penal en lo que toca al art. 200, siguientes y concordantes. También recientemente, se sancionó la ley por la cual “la preparación de recetas y la dispensa de medicamentos, incluidos los denominados de venta libre, sólo podrán ser efectuados, en todo el territorio de la Nación, en farmacias habilitadas. Los medicamentos de venta libre deberán ser dispensados personalmente en mostrador por farmacéuticos o personas autorizadas para el expendio. Su venta y despacho fuera de estos establecimientos se considera ejercicio ilegal de la farmacia y los que lo efectúen podrán ser denunciados por infracción al Código Penal”.
Esta ley fue largamente aplaudida por Grupo Argentino para el Uso Racional de Medicamentos (Gapurmed), por cuanto “rescata la importancia de la función profesional del farmacéutico".
En síntesis, ya hay ley que tipifica la falsificación de medicamentos como delito; ya hay ley que limita el ámbito de venta de los medicamentos. Y seguramente pronto tendremos ley que regule la trazabilidad de los medicamentos. Auspicioso. Lógicamente ahora, hay que controlar que esta nueva normativa se cumpla; máxime conociendo todos que hay lugares y ferias donde los medicamentos se comercialzan sin control ninguno.
Permitanme tan solo inisitir con la necesidad de reformar la ley de marcas en su aspecto penal, para que no encuentren por alli las organizaciones criminales una vía de escape para la falsificación de medicamentos a través del argumento que lo suyo tan solo es falsificación de envases, packaging o simplemente de marcas.
RJ



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viernes, 6 de noviembre de 2009

Por fin: la Falsificación de Medicamentos ya es delito


Se acaba de promulgar con fecha 4 de Noviembre del corriente año, la ley 26.524 que modifica los arts. 200 y ss. del Código Penal, incorporando de esta manera a la falsificación de medicamentos como un nuevo tipo penal. Recordarán ustedes mis reiteradas quejas y criticas respecto de la vieja norma, toda vez que ... la misma no contemplaba la "falsificación" como uno de los tipos penales previstos para castigar la falsificación de medicamentos. Luego, quienes se dedicaban a falsificar medicamentos escapaban y eludían toda sanción, ya que el art. 200 del Código Penal no los alcanzaba y la ley de marcas no era suficiente.
Asi pues, el viejo art. 200 castigaba a quienes adulteraban o envenenaban sustancias medicinales pero no a quienes falsificaban medicamentos. No es lo mismo adulterar o envenenar como ya expliqué ciento de veces, que falsificar.
A partir de esta modificación, esta laguna ha quedado saldada. Solo resta que se complete la reforma,-que cada vez se vuelve mas imperiosa-, en torno al delito de falsificación de marcas; para lo cual hay que modificar la ley 22.362 en lo que respecta a su aspecto penal.

A continuación, les dejo la nueva norma.

Sancionada: Octubre 14 de 2009

Promulgada de Hecho: Noviembre 4 de 2009

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1º — Sustitúyese el artículo 200 del Código Penal por el siguiente:

Artículo 200: Será reprimido con reclusión o prisión de TRES (3) a DIEZ (10) años y multa de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) a PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000), el que envenenare, adulterare o falsificare de un modo peligroso para la salud, aguas potables o sustancias alimenticias o medicinales destinadas al uso público o al consumo de una colectividad de personas.

ARTICULO 2º — Sustitúyese el artículo 201 del Código Penal por el siguiente:

Artículo 201: Las penas del artículo precedente se aplicarán al que vendiere, pusiere en venta, suministrare, distribuyere o almacenare con fines de comercialización aguas potables, sustancias alimenticias o medicinales o mercaderías peligrosas para la salud, disimulando su carácter nocivo.

ARTICULO 3º — Incorpórase como artículo 201 bis del Código Penal el siguiente:

Artículo 201 bis: Si como consecuencia del envenenamiento, adulteración o falsificación de aguas potables o sustancias alimenticias o medicinales, resultare la muerte de alguna persona, la pena será de DIEZ (10) a VEINTICINCO (25) años de reclusión o prisión; si resultaren lesiones gravísimas, la pena será de TRES (3) a QUINCE (15) años de reclusión o prisión; si resultaren lesiones graves, la pena será de TRES (3) a DIEZ (10) años de reclusión o prisión.

En todos los casos se aplicará además multa de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) a PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000).

ARTICULO 4º — Sustitúyese el artículo 203 del Código Penal por el siguiente:

Artículo 203: Cuando alguno de los hechos previstos en los artículos anteriores fuere cometido por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o por inobservancia de los deberes a su cargo, se impondrá multa de PESOS CINCO MIL ($ 5.000) a PESOS CIEN MIL ($ 100.000); si tuviere como resultado enfermedad o muerte se aplicará prisión de SEIS (6) meses a CINCO (5) años.

ARTICULO 5º — Sustitúyese el artículo 204 del Código Penal por el siguiente:

Artículo 204: Será reprimido con prisión de SEIS (6) meses a TRES (3) años el que estando autorizado para la venta de sustancias medicinales, las suministrare en especie, calidad o cantidad no correspondiente a la receta médica, o diversa de la declarada o convenida, o excediendo las reglamentaciones para el reemplazo de sustancias medicinales, o sin la presentación y archivo de la receta de aquellos productos que, según las reglamentaciones vigentes, no pueden ser comercializados sin ese requisito.

ARTICULO 6º — Sustitúyese el artículo 204 bis del Código Penal por el siguiente:

Artículo 204 bis: Cuando el delito previsto en el artículo anterior se cometiere por negligencia, la pena será de multa de PESOS CINCO MIL ($ 5.000) a PESOS CIEN MIL ($ 100.000).

ARTICULO 7º — Sustitúyese como artículo 204 ter del Código Penal el siguiente:

Artículo 204 ter: Será reprimido con prisión de UNO (1) a CUATRO (4) años y multa de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) a PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000), el que produjere o fabricare sustancias medicinales en establecimientos no autorizados.

ARTICULO 8º — Sustitúyese el artículo 204 quáter del Código Penal por el siguiente:

Artículo 204 quáter: Será reprimido con multa de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) a PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000), el que teniendo a su cargo la dirección, administración, control o vigilancia de un establecimiento destinado al expendio, almacenamiento, distribución, producción o fabricación de sustancias medicinales, a sabiendas, incumpliere con los deberes a su cargo posibilitando la comisión de alguno de los hechos previstos en el artículo 204.

ARTICULO 9º — Incorpórase como artículo 204 quinquies del Código Penal el siguiente:

Artículo 204 quinquies: Será reprimido con prisión de SEIS (6) meses a TRES (3) años el que sin autorización vendiere sustancias medicinales que requieran receta médica para su comercialización.

ARTICULO 10. — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL NUEVE.

— REGISTRADO BAJO EL Nº 26.524 — JULIO C. C. COBOS. — EDUARDO A. FELLNER. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada.




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La "enmienda 138" y el derecho de acceso a Internet

Cuando ya había paises que iban en esa dirección, por caso Francia con el proyecto impulsado por el propio Nicolás Sarkozy, que chocaba con la disposición del Parlamento Europeo que había aprobado una enmienda, basada en un informe previo, según la cual la suspensión de Internet era competencia de los jueces, y no de un organismo administrativo, como Hadopi... el Parlamento y el Consejo de la Unión Europea (UE) acaban de acordar que las autoridades podrán cortar el acceso de un usuario a internet sin necesidad de una orden judicial.
Asi pues tras esta decisión, cayó la enmienda 138, largamente defendida por las asociaciones de internautas, que impedía que las autoridades pudieran cortar la conexión sin permiso judicial.
Lo decidido y acordado por el Parlamento y el Consejo de la UE, dispone que sólo se impondrán restricciones a un usuario de internet si las medidas, "proporcionadas" y "apropiadas", se toman "con el debido respeto al principio de presunción de inocencia y al derecho a la privacidad".
De esta forma, Europa se esta uniendo y unificando criterios en torno a la defensa contra la piratería; lo curioso es que esta decisión que pareciera atentar contra la libertad o privacidad de los usuarios se da en el marco de una nueva regulación que pretende reforzar los derechos de los usuarios, que podrán cambiar de operador en un solo día manteniendo su número de teléfono fijo o celular, recibir de antemano información más clara en sus contratos, ser informados si se violaron sus datos, defenderse mejor contra el spam o acceder de forma más eficaz al número de urgencias.
Mientras tanto en nuestro pais, el único avance en este sentido, son las movilizaciones que realizan las entidades del sector solicitando de las autoridades se haga algo para detener tanta impunidad en lo que se refiere a la pirateria musical.
RJ



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lunes, 2 de noviembre de 2009

Medicamentos falsificados y Shakespeare

Rescato y recomiendo una nota escrita para Clarin.com por Eduardo San Román,
Jefe de Terapia Intensiva para Adultos del Hospital Italiano en la que desarrolla la calamidad que importa para la sociedad la falsificación de medicamentos... que para él implica ni mas ni menos que intoxicar en masa a los más débiles.
Explica el Dr. San Román en su presentación, citando al Dr.Kurman (St. Boniface General Hospital) que un estudio realizado en 2003 reveló que en pacientes infectados "cada hora de retraso en la indicación de un antibiótico en pacientes con infecciones graves internados en terapia intensiva provoca una disminución en la probabilidad de sobrevivir del 7.5%..."
Imaginen luego ustedes lo que significa el consumo de medicamentos falsos en la creencia que es el indicado y recetado.
Pero lo que mas me impactó de la nota que cito, es la afirmación en cuanto a que contemporáneamente a Shakespeare la ciencia realizó en Roma el Primer Congreso Medico allá por el año 1608, y desde entonces nada ha sido escrito por ningún clásico ni tratado en congreso médico alguno referido al impacto de falsificar medicamentos, una mentira mortal que ataca a lo mas débil de la sociedad: los enfermos.
Asi pues, es la primera vez que veo que desde el propio sector médico se pone énfasis en la gravedad que encierra este flagelo de la falsificación de medicamentos.
Antes del Dr. San Román, y pese a estar en todas las noticias la causa conocida como la mafia de los medicamentos, no he tomado nota que desde los propios actores de la medicina se saliera a solicitar por cambios en la legislación que posibiliten poner trabas a tanta impunidad. El propio Dr. San Román denuncia que el silencio de todos los actores que intervienen en salud denota un pasmoso acostumbramiento a un comportamiento social sin límites ni códigos.
En buena hora que esto comience a cambiar, y ojalá sea la nota del Dr. San Román la primera de muchas otras manifestaciones por venir.
RJ


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viernes, 30 de octubre de 2009

Nuevas Estadisticas del Foro de Octubre

Les dejo las estadísticas presentadas por la DGA correspondientes al Foro del mes de Octubre.
















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jueves, 29 de octubre de 2009

Un nuevo reclamo contra la Piratería


Un nuevo reclamo contra la piratería se llevó a cabo ayer en el ámbito del cine Gaumont, a pocos metros del Congreso Nacional. El motivo del encuentro, que nucleó a destacados referentes del sector de las artes audiovisuales, incluídos empresarios y sindicalistas, fue expresar sus quejas contra "la tolerancia que se tiene en el país con el comercio ilegal", que genera una muy grave situación en el sector por la permanente falsificación de obras...
y que pone en riesgo "25 mil puestos de trabajo" en el país.
Lo que una vez mas me mueve a compartir esta noticia que refleja el pedido de auxilio de los artistas, productores, empresarios y gremialistas para que las autoridades de los gobiernos Nacional, Provinciales y Municipales implementen medidas para combatir el comercio ilegal de música y video, es la unión y criterio de uniformidad que se advierte en el sector respecto del reclamo. Pero al mismo tiempo, para poner de manifiesto y dejar expuesta la dispersión y falta de acción que existe respecto de aquellos que debieran bregar para combatir la falsificación de marcas, y que nada hacen ciertamente. Si desde el sector público no se actúa, sería cuanto menos prudente que desde los interesados mas inmediatos surgiera algún reclamo. Sobre todo teniendo en cuenta que quién convocó a esta reunión fue la Unión Argentina contra la Piratería (Uacpi) que nuclea debo entender no solo al sector de la música y las artes sino también a otros sectores de la industria.

RJ

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martes, 27 de octubre de 2009

Consecuencias de la Pirateria

Pese a que nada cambia en torno a la legislación que regula aquello que tiene que ver con las violaciones a las leyes 11723 y 22362, -sobre todo en lo que respecta a esta última-, ni en lo que se refiere a los arts. 200 y ss. del Código Penal, desgraciadamente los argentinos seguimos sufriendo las consecuencias de este flagelo... al que desde lo mas alto del poder político continúa ignorándoselo.
No hay un solo título en los medios de comunicación que hagan referencia al interés del Poder Ejecutivo o del Legislativo para modificar la legislación en torno a la piratería; ello, pese a que a diario vemos como importantes empresas como pueden ser por caso las cadenas de música Musimundo o de video Blockbuster, -que dan trabajo a cientos de argentinos-, deben hacer maravillas para evitar cerrar sus puertas como consecuencia de estos delitos. Lease verbigracia la nota publicada en el diario Critica de la Argentina a este respecto.
O peor aún, el doble crimen mafioso de Adrian Ferrara y su mujer que la investigación adjudica a la mafia de los medicamentos; recuerdese que se trataba de robo de medicamentos y posterior falsificación de los troqueles.
O lo que está ocurriendo en estos mismos momentos con las amenazas que estan sufriendo la ex Ministra de Salud de la Nación Graciela Ocaña y el Senador Provincial Santiago Nardelli que ellos adjudican a la mafia de los medicamentos, a estar por el contenido de las amenazas.
O todo lo que está aconteciendo en torno justamente a la causa de los medicamentos.
Mientras tanto, nuestros legisladores o el matrimonio presidencial se preocupan por la ley de medios, o por la reforma política, poniendo allí todas sus fuerzas y esfuerzos, sin prestarle ninguna atención a lo que desde hace tanto tiempo venimos reclamando en cuanto a que se tomen medidas y se modifique la legislación actual para ponerle coto a tanta falsificación que cuesta vidas humanas y atenta contra la salud de la población. Que deja sin trabajo a ciudadanos honestos, que cierra fabricas y empresas, y que produce una competencia desleal contra los comerciantes honestos que pagan sus impuestos y todos los costos del comercio formal.
No se toma debida nota del daño que produce el dinero proveniente de estas organizaciones criminales, que alimentan el narcotráfico, financia el terrorismo, y posibilita el lavado de dinero.
Acaso todo esto que una vez mas se pone de manifiesto, no hace a la seguridad de los habitantes de este país, a su salud, a su trabajo, a su propiedad? Siendo ello asi, cuando nuestros gobernantes se ocuparán de lo que verdaderamente ocupa y procupa a los argentinos, en lugar de solo ceñirse a la satisfacción de sus propios intereses?
RJ


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lunes, 26 de octubre de 2009

Internet en La Salada

Ha causado bastante revuelo en todos los medios el anuncio y lanzamiento de las ventas de los productos que se comercializan en La salada a través de la Web que han decidido los responsables de dicha feria. No me haré eco de las denuncias que parecieran formularse al enunciar la iniciativa por parte de algunos de esos medios, pues hasta tanto no se demuestre que se utiliza la web para fines ilícitos, suena cuanto menos como apresurado materializar las sospechas... en denuncias o hechos concretos.
Sin embargo, reconozco que no deja de preocuparme que se aproveche de las ventajas del sistema para la comercialización de productos en infracción. Espero sinceramente que ello no ocurra. Pero desgraciadamente todos sabemos que de suceder, si no existe castigo en la realidad de los hechos para los delitos que se pudieran determinar en muchas de estas ferias territoriales, mucho menos lo va a haber para los que puedan acontecer en las ferias virtuales.
En este sentido, el portal www.urgente24.com señaló que: "Las condiciones de venta a través de Internet son similares a las establecidas en otros sitios de venta a través de Internet, con la obvia característica de que al tratarse de un sitio que promueve el comercio de productos en condición informal, los contactos se realizan en forma personal y sin ningún tipo de constancia legal".
Así, en las condiciones de venta que figuran en el sitio aparece un párrafo que reza: "Luego de realizar tu pedido, Mercado La Salada se pondrá en contacto contigo para coordinar la forma de pago y el método de envío que te resulte más conveniente".
Como sea, ya existen dos sitios web para comercializar los productos: mercadolasalada.com y ferialasada.com.ar . Lo paradójico, a estar a información brindada por el diario Perfil, es que una de las ferias que se ha hecho mas conocida por vender productos a muy bajo precio pareciera que habría abierto un local para perfeccionar las ventas en uno de los lugares mas lujosos y caros de Buenos Aires, Puerto Madero. Notable!!
RJ





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Prescripción de la acción penal

Advierto con tristeza que cada vez se vuelve mas lenta y pesada la causa que entiende en lo que se ha dado en llamar la mafia de los medicamentos... y que involucraría tanto medicamentos adulterados como falsificados.
En el supuesto de los medicamentos adulterados la extinción de la acción penal no es tan grave, ya que la pena máxima que contempla el delito no autorizaría una prescripción inmediata ni automática. Sin embargo, no sucede lo mismo con lo que tenga que ver con los medicamentos falsificados; en este caso, y toda vez que aqui ya no rige el Código Penal sino la ley de marcas, el mero transcurso del tiempo practicamente augura o asegura la extinción de la acción penal por prescripción.
En efecto, del juego de lo que enseñan los arts. 64, 67 y cc. del Código Penal, y el art. 31 de la ley 22362, el solo tiempo que insuma la investigación -y que ya está a la vista que será importante-, seguramente consumirá el plazo establecido por la legislación vigente para provocar la extinción de la acción como establece el art. 59 del Código de fondo en materia penal.
Por eso es que se vuelve imperioso una reforma a la ley de marcas en materia penal que contemple esta situación, y que reconozca la envergadura y gravedad que encierra el delito de falsificación de medicamentos.
De lo contrario, continuaremos con espamentos y haciendonos los sorprendidos cada vez que se haga público el daño que inflinge este ilícito a la sociedad, pero no seremos honestos a la hora ofrecer una verdadera respuesta contra el flagelo.
Sería fantástico que nuestros legisladores pongan el mismo empeño y celeridad en la reforma de la ley de marcas en materia penal que la que han puesto verbigracia para la reforma de la ley de medios, que por cierto, no tiene el efecto de matar ni dañar en su salud a nadie de nuestra comunidad. Mientras tanto, continuamos como si estuvieramos trabajando en pos de resolver un delito, que queda claro, con la legislación vigente no alcanza para resolvérselo ni para combatírselo.
RJ

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domingo, 11 de octubre de 2009

Un nuevo fallo a favor de la falsificación de marcas

Leyendo la sentencia recaída en los autos "López Cabrera Claudia Johana s/ procesamiento y embargo" - CNCRIM Y CORREC FED - 22/09/2009 que publica el diario electrónico el Dial.Express, vuelvo a sentir la misma sensación de impotencia que cuando desde la política se habla de "sensación de inseguridad" mientras nos matan, violan o roban sin que el legislador o los jueces pongan las cosas en su lugar, castigando de una vez por todas las conductas anti jurídicas, como sucede en cualquier país civilizado... pareciera que siempre hay que encontrar una justificación para el que viola la ley en desmedro del damnificado.
En el caso de autos, los Jueces de Cámara entendieron que la baja calidad de la imitación y un precio claramente inferior al del mercado eximen al infractor de toda culpa y responsabilidad. Esto por cuanto consideran que en estas circunstancias su conducta es inidónea para provocar confusión en el público consumidor; e insiten con la postura que no está en el ánimo de la norma castigar la violación al derecho de propiedad del dueño de la marca, sino tan solo evitar la defraudación de los terceros que se puedan ver sorprendidos por una buena imitación.
Con este razonamiento, los jueces asumen a su vez que en las imitaciones de buena calidad, con tan solo advertir al comprador que se trata de una imitación, y no prvocarle en consecuencia "confusión", no se estaría violando tampoco la ley de marcas ni el derecho de propiedad del titular de la marca.
No logro entender como los magistrados pueden llegar a esta absurda conclusión.
La ley de marcas es suficientemente clara y elocuente cuando enuncia que "Será reprimido con prisión de tres (3) meses a dos (2) años pudiendo aplicarse además una multa... al que ponga en venta, venda o de otra manera comercialice productos o servicios con marca registrada falsificada o fraudulentamente imitada..."
En ningún caso ni en ningún lugar tipifica la norma que se deba castigar tan solo la defraudación al tercero. Por el contrario, el tipo penal señala con claridad meridiana que se castigará al que ponga en venta o venda productos con marca registrada falsificada o fraudulentamente imitada.
La palabra clave no es defradudación sino registración. En efecto, lo que la ley protege y resguarda no es tan solo el derecho del tercero que se ve defraudado o burlado en su buena fe cuando adquiere un producto falso, sino el derecho del titular de la marca que recurre y reclama el auxilio y protección del Estado cuando decide "registrar" su marca como indica y exige la ley para poder brindar esta protección. De la sola lectura del artículo 4 de la ley de marcas, surge esta condición, cuando enseña que "La propiedad de una marca y la exclusividad de uso se obtienen con su registro..."
Luego, a partir del registro, los jueces tienen la obligación de atender el reclamo del titular marcario contra todo aquel que sin su atorización utilice o falsifique su marca.
En este sentido es concordante el Acuerdo ADPIC, cuando en el art. 16 dispone que:
"El titular de una marca de fábrica o de comercio registrada gozará del derecho exclusivo de impedir que cualesquiera terceros, sin su consentimiento, utilicen en el curso de operaciones comerciales signos idénticos o similares para bienes o servicios que sean idénticos o similares a aquellos para los que se ha registrado la marca, cuando ese uso dé lugar a probabilidad de confusión. En el caso de que se use un signo idéntico para bienes o servicios idénticos, se presumirá que existe probabilidad de confusión..."
Vale decir, se establece una presunción legal que el solo uso de signos idénticos para bienes o servicios idénticos produce confusión.
Finalmente, y de manera concordante, el art. 61 del mismo cuerpo normativo establece que:
"Los Miembros establecerán procedimientos y sanciones penales al menos para los casos de falsificación dolosa de marcas de fábrica o de comercio o de piratería lesiva del derecho de autor a escala comercial. Los recursos disponibles comprenderán la pena de prisión y/o la imposición de sanciones pecuniarias suficientemente disuasorias que sean coherentes con el nivel de las sanciones aplicadas por delitos de gravedad correspondiente. Cuando proceda, entre los recursos disponibles figurará también la confiscación, el decomiso y la destrucción de las mercancías infractoras y de todos los materiales y accesorios utilizados predominantemente para la comisión del delito. Los Miembros podrán prever la aplicación de procedimientos y sanciones penales en otros casos de infracción de derechos de propiedad intelectual, en particular cuando se cometa con dolo y a escala comercial."
En fin, está claro que lo que la ley protege es la propiedad de la marca y que lo que castiga es su violación, independientemente de la calidad de la imitación. En todo caso debiera prestarse mayor atención al dolo del infractor y a la escala comercial de la falsificación.
RJ




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lunes, 28 de septiembre de 2009

Estadísticas mes de Septiembre

Les acerco las estadísticas brindadas por la Aduana para el mes de Septiembre 2009 en el marco de la reunión del Foro Aduanero de Lucha contra el fraude marcario. Una vez mas vemos como viene trabajando este Organismo, de manera ordenada, continua y sistemática. A continuación los cuadros correspondientes:...

















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viernes, 18 de septiembre de 2009

Venta callejera e infracción a las leyes 11723 y 22362

Veo con alarma que la venta callejera sigue su crecimiento a un paso tremenadamente sugestivo en la ciudad de Buenos Aires. Según el relevamiento que llevó a cabo el Observatorio de Comercio y Servicios PyMEs de la Cámara Argentina de Comercio la venta callejera aumentó 5,7% durante el mes de agosto... con relación a julio anterior, con lo que en el último trimestre acumuló un crecimiento de casi 35 por ciento.
El rubro mas damnificado por este tipo de ventas en aogosto, por quinto mes consecutivo, fue indumentaria y calzado, representando el 26,6% del total de puestos de venta callejera encontrados. Los siguieron los rubros de óptica, fotografía, relojería y fantasía (16,3%), dejando así en tercer lugar al rubro de alimentos y bebidas. Por su parte, el rubro juguetería y esparcimiento avanzó un 40,2% respecto a julio, logrando así una participación de 13,1% y ubicándose en el cuarto lugar.
Mas allá de lo que este comercio informal implica para el comercio legal, no debe ignorarse que alimenta y favorece la comercialización de productos en infracción a la ley de marcas y a la ley de derechos intelectuales.
De nada vale quejarnos por las consecuencias que todos sabemos provoca este tipo de delitos, si los dejamos desarrollarse sin ponerle ningún tipo de freno.
Repito una vez mas aún a riesgo de parecer ciertamente reiterativo que la falsificación de marcas esconde tras el aparente "inofensivo" producto falsificado que se ofrece a la venta, una organización criminal que es quién financia y hace posible la producción de dichos productos y la existencia de la cadena de distribución que los pone finalmente a la venta en la calle. Y es quién también a su vez se enriquece a expensas de dicha falsificación.
De nada sirven las estadísticas si nada se hace a su respecto.
RJ

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jueves, 17 de septiembre de 2009

Mafia de los medicamentos y triple crimen

Para el Juez que lleva adelante la causa que investiga la mafia de los medicamentos, -Dr. Norberto Oyarbide-, a esta altura de la investigación ya es "bastante imposible de ocultar" el nexo entre el triple crimen de General Rodríguez y la denominada "mafia de los medicamentos adulterados"... los medicamentos oncológicos serían el contacto.
A este respecto, sentenció el magistrado "Recuerden que el vehículo del fallecido Forza aparece muy cerca de la bancaria y que en su baúl tenía una cantidad bastante considerable de medicamentos oncológicos de los que yo estoy investigando, falsificados".
Queda claro entonces pues, que falsificación de marcas, falsificación de medicamentos, delincuentes, asesinos, mafias son todo una misma cosa.
Al tiempo que esto avanza, el Ministro de Salud de la Nación Juan Manzur, informó que se está avanzando en la implementación de una ley para que los medicamentos sólo puedan ser vendidos en farmacias.
Esto esta muy bien. Es mas, ya a nadie se le escapa que el 90% de los medicamentos que se comercializan a través de Internet son falsificados.
Sin embargo, lo que continúo criticando es que no se advierta que la prioridad la tiene en materia legislativa la modificación al Código Penal y a la ley de marcas.
Sin ley que castigue la falsificación de marcas y la falsificación de medicamentos este delito seguirá desarrollándose cada vez con mayor intensidad e impunidad. Y lo peor es y continuará resultando, que aquellos que resulten responsables de este tipo de delitos se seguirán mofando de lo fácil que es eludir toda responsabilidad penal a este respecto.
Será como habría dicho en Uruguay el candidato presidencial por el Frente Amplio Mujica que la "Argentina no llegó al nivel de democracia representativa y la institucionalidad no vale un carajo...", o peor aún "que la Argentina es un pueblo de tarados..."?
RJ


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domingo, 13 de septiembre de 2009

Medicamentos truchos, ahora si en boca de todos

Lamentablemente tuvo que suceder lo que hoy esta en boca de todos para que la falsificación de medicamentos cobre la vigencia e importancia que por fin comienza a tomar entre nosotros. Homicidios, expedientes falsos y troqueles fraguados que se utilizaban para cobrar los reintegros de la Administración de Programas Especiales (APE), que financia a las obras sociales; muertes de personas enfermas de cáncer sobre las que no se pueden establecer las verdaderas causas de los descesos, y muchos otros tristes sucesos han llevado a diferentes personalidades y funcionarios a finalmente concluir en que existe una mafia dedicada a la falsificación de medicamentos... Por caso, Marcelo Peretta, doctor en Farmacia y Bioquímica de la Universidad de Buenos Aires y presidente del Sindicato Argentino de Farmacéuticos y Bioquímicos, opinó para el diario La Nación, "Delincuentes vestidos de empresarios, vinculados con gobiernos, y jóvenes ambiciosos que terminan muertos en una zanja son pruebas de que existe una mafia de medicamentos". En la misma nota, se agrega "remedios de alto costo y baja incidencia para VIH, cáncer, hemofilia o trasplantes han sido falsificados y adulterados, al cambiarse números de lote y fecha de vencimiento, según se desprende de las investigaciones judiciales. Hay remedios peligrosamente adulterados que podrían haber causado muchas muertes sin que nadie lo haya notado nunca..."
Para Peretta, el negocio irregular de remedios mueve en el país aproximadamente 1100 millones de pesos anuales.
Según datos de los laboratorios y la industria farmacéutica, el comercio de medicamentos adulterados, falsificados y robados en la Argentina pasó de un reducido 1 por ciento del total en 2000, a un 3 por ciento en 2004, a un 7 por ciento en 2006 y un 10 por ciento en 2009. Por cierto, datos escalofriantes.
Al tiempo que esto ocurre, la lupa de los investigadores de la mafia de los medicamentos se posa cada vez más amenazante sobre las cajas de varios sindicatos. Sin embargo, los gremios se resisten a explicar o justificar el destino de más de $ 250 millones, aportados por el Estado a sus obras sociales; según el siguiente detalle:
$ 208 millones: es la cantidad de fondos girados por el Estado para tratamientos médicos especiales y cuyo destino nunca fue explicado por los destinatarios. La ex ministra Ocaña había ordenado su devolución, pero eso jamás ocurrió.
$ 48 millones: son fondos de un plan de subsidios para tratamiento de tabaquismo, hipertensión, obesidad y otras enfermedades cuya rendición presenta irregularidades, según varios estamentos del Estado.
$ 17 millones: es la cantidad de dinero que retuvo sin rendir la obra social del gremio de los bancarios, del sindicalista Juan José Zanola, hasta ahora el más complicado en la causa judicial que investiga a la mafia de los medicamentos adulterados. Ver informe del diario La Nación.
Seguramente esto y por supuesto otros hechos hayan llevado al Juez Federal Norberto Oyarbide a enviar ayer un oficio al jefe de Gabinete, Aníbal Fernández, en el que le pide al Gobierno que considere la posibilidad de intervenir la obra social que preside Juan José Zanola.
Lo cierto es que la falsificación de medicamentos ya es un hecho que en la República Argentina no se puede negar mas; empresarios, funcionarios del gobierno, sindicalistas, todos se confunden y entremezclan en esto que se ha dado en identificar como la mafia de los medicamentos.
Sería importante en este estadio, tomar conciencia también, sobre la importancia que tiene, -ahora mas que nunca- la modificación del Código Penal en sus arts. 200 y ss, como en lo que hace a la ley 22.362 (ley de marcas) en su aspecto penal.
Algún día, espero, alguién escuchará tanta predica. Ojalá el diputado De Narvaez retome interés por el proyecto que él suscribiera junto al entonces diputado Ritondo pero que luego no fue impulsado como hubiera correspondido.
RJ



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miércoles, 9 de septiembre de 2009

Falsificación de medicamentos: lavado de dinero

Como han sostenido reiteradamente tanto el FBI como Interpol, la falsificación marcaria alimenta delitos mas graves aún, como son por caso el lavado de dinero, el narcotráfico o el financiamiento de actos de terrorismo. La falsificación de medicamentos no escapa a esta realidad. En el ya tristemente célebre caso de la ruta de la efedrina o de los medicamentos truchos que es tapa de todos los diarios y ocupa un gran espacio en todos los noticieros, el Senador Santiago Nardelli y la ex Ministra de Salud de la Nación le acaban de acercar elementos al Juez Federal Norberto Oyarbide para que investigue si el tráfico ilegal de medicamentos no es una forma de cobertura de parte de una gran red de lavado de dinero de diverso origen...
Como señala y destaca el diario La Nación, ambos dos presentantes, Nardelli y Ocaña tienen mucha experiencia en estos temas, y en especial para la causa. "La ex funcionaria con su conocimiento sobre las investigaciones administrativas que llevó adelante en el Ministerio de Salud y Nardelli con sus antecedentes de ex director del Banco Nación, analista de lavado de dinero y presidente de la comisión de Salud del Senado de Buenos Aires".
Para Ocaña y Nardelli, "el tráfico ilegal de medicamentos no sería un fin en sí mismo, sino una forma de cobertura de parte de una gran red de lavado de dinero de diverso origen".
A partir de esa denuncia, el Juez Oyarbide ordenó anoche el allanamiento de la cooperativa de créditos Vernet para buscar elementos que relacionen sus actividades con las droguerías investigadas; esta mañana ya instruyó al Fiscal para que inicie una nueva investigación dado la documentación encontrada.
Una vez mas vemos como lo que vengo pregonando desde hace tanto tiempo en este blog y en otros medios se materializa lamentablemente y toma forma en la realidad de los hechos.
Sin embargo, y pese a esto, continuamos sin que ningún legislador se de por aludido y preste su atención a la reforma tanto del Código Penal en lo que toca a los arts. 200, 201 y cc. de dicho ordenamiento, como en lo que hace a la ley de marcas en su aspecto penal.
Dicho de otra forma, en nuestro país y pese a la gravedad extrema que estos delitos ya han demostrado, continúan sin ser penalizados. Hasta cuando?

Por su parte el diario Clarín agrega que la Unidad de Información Financiera (UIF) investiga si dos aportantes a la campaña electoral de Cristina Kirchner en 2007 vinculados con el empresario farmacéutico involucrado en el caso de la mafia de los medicamentos, lavaron dinero sucio. Según el matutino que refiere fuentes judiciales, el Banco Santander habría elevado a la UIF, que depende del ministro de Justicia, Julio Alak, un reporte de operaciones sospechosas por los cheques que habrían girado estos aportantes.
Como sea, lavado de dinero y falsificación de marcas van de la mano. Tomarán conciencia acaso nuestros legisladores de una vez por todas?

RJ

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viernes, 4 de septiembre de 2009

Marcas: moneda de pago de indemnizaciones?




Las marcas Havana Club rum y Cohiba pueden llegar a cambiar de manos si un Juzgado Distrital de Miami accede a hacer lugar a un reclamo efectuado por los parientes de Bobby Fuller, -un ciudadano cubano que fuera fusilado en 1960 por el régimen castrista- motivo por el cual su familia fue indemnizada por otro tribunal norteamericano a ser resarcida con la suma de cien millones de dólares que deberá pagar el Gobierno de Cuba...
Los abogados de la familia Fuller, Roberto Martinez y Karen O. Stewart, están solicitando al Juez que cite a tres entidades cubanas para establecer la propiedad de 14 marcas. Las compañías cubanas involucradas son Cubatabaco, que tiene 12 de las marcas, incluyendo Cohiba, Esplendidos y La Perla; Cubaexport, que pertenece a Havana Club mark; y ETECSA, el monopolio telefónico cubano que pertenece a Calls2Cuba mark.
El hermano de Bobby Fuller, argumenta que una ley norteamericana del año 2002 beneficia a las víctimas por actos de terrorismo con el derecho de perseguir las marcas pertenecientes al gobierno de Cuba para afrontar el pago de las indeminzaciones en su contra.
Sin embargo, entiendo que no va a ser fácil avanzar en esta disputa, toda vez que las marcas reclamadas tienen su propia historia de confrontación en los Estados Unidos.
Asi pues, Bacardi, es reclamada por Bacardi U.S.A., destileria basada en Puerto Rico que peleó duro para lograr el control del nombre Havana Club en los Estados Unidos. Según Patricia M. Neal vocera de Bacardi, Havana Club no es un bien propiedad del gobierno cubano.
La marca Cohiba por su parte, también se las trae. Los únicos puros autorizados a comercializarse en USA y que se venden desde hace 28 años con ese nombre son de origen dominicano. En este sentido, una empresa norteamericana, General Cigar ha registrado el nombre en los Estados Unidos en el año 1981, y ha defendido desde entonces satisfactoriamente su derecho contra el Gobierno de Cuba.
Sin dudas el Juez Thomas S. Wilson Jr. va a tener una ardua tarea por delante.
De todas maneras lo que me interesa destacar en esta ocasión no es la disputa propiamente marcaria en si misma, sino la posibilidad de perseguir y buscar en las valiosas marcas que puedan ser propiedad del gobierno cubano una forma inteligente y plausibe para resarcirse del daño y lograr el cobro de las sumas judicialmente fijadas a favor de los damnificados en contra de la isla.
Una vez mas vemos la valía que tienen estos intangibles a los que muchas veces los propios administradores de las empresas propietarias de ellos no le asignan el verdadero valor que tienen, al dejarlos devaluar o falsificar sin defenderlos de manera adecuada.






Pueden ampliar en la nota titulada "Cuban trademarks targeted in family's fight for compensation".
RJ

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jueves, 3 de septiembre de 2009

Estadísticas de Aduana período Agosto 2009












Les dejo las estadísticas entregadas por la Aduana para mercaderías importadas con y sin marca correspondientes al período Enero-Agosto 2009. El detalle comprende la importación de mercadería crítica de fraude marcario, con marca, sin marca y con el compromiso de poner marca. Espero les resulte de utilidad.
Aprovecho para recordarles que todavía se pueden proponer temas a tratar para la próxima reunión del Foro Aduanero de Lucha contra el Fraude Marcario.
Un cordial saludo,
RJ




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miércoles, 2 de septiembre de 2009

Una nueva marcha contra la infraccion a los derechos intelectuales

Hoy se llevará a cabo una nueva marcha para reclamar a las autoridades de la Ciudad de Buenos Aires que tomen cartas en el asunto en relación a la infracción a la ley 11.723... La concentración fue organizada por trabajadores y empresarios convocados por la Unión de Trabajadores de Sociedades de Autores (UTSA) y la UAV (Unión Argentina de Videoeditores); confirmaron que también participarán el Sindicato Único de Trabajadores del Espectáculo Público (Sutep), la Cámara Argentina de Exhibidores Multipantallas (CAEM), la Federación Argentina de Exhibidores Cinematográficos (Fadec), Distribuidores de Cine Argentina (DCA), la Unión Argentina de Videoeditores (UAV), la Cámara Argentina de Videoclubes (CAVIC), el Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (Incaa) y trabajadores de la empresa Musimundo. Además comunicaron su adhesión a la movilización representantes de renombre en el ambiente artístico y cultural como son "Tito" Cossa (presidente de Argentores), Leopoldo Federico y Susana Rinaldi (presidente y vice respectivamente de ADI -interpretes), y Atilio Stampone (presidente de Sadaic).
La marcha que se realizará a partir de las 12 horas es “en defensa de los puestos de trabajo, contra la tolerancia de las autoridades al comercio ilegal pirata”.
Como se advierte, todos aquellos interesados en el sector se han comprometido en el reclamo y lucha contra la piratería que afecta los derechos intelectuales. Y esta muy bien que asi sea.
Lo lamentable es que no suceda lo mismo con los actores que debieran comprometerse en la lucha contra la falsificación de marcas. Ni un solo reclamo.
Vemos que continúan proliferando las ferias donde se comercializan productos con marcas falsificadas. Ayer comentábamos aqui en el blog la protesta de trabajadores de la Cooperativa La Alamaeda contra la apertura de otra feria en el barrio de Once conocida como La Saladita. Solo por dar un ejemplo.
Mientras tanto, los "boards" responsables de la conducción y administración de las marcas en los paises de origen continúan mirando para otro lado. No hacen absolutamente nada. Y asi como está muy bien lo que se actúa contra la falsificación a los derechos intelectuales, está muy mal lo que no se actúa contra la falsificación marcaria.
Habrá llegado la hora que estas conductas omisivas sean reclamadas por los accionistas dueños de las marcas contra sus administradores?
RJ

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martes, 1 de septiembre de 2009

Ferias Salada y Saladita siempre con conflictos sobrevolando

Cada vez que nos toca hacer alguna referencia a estas ferias, la violencia pareciera sobrevolar el ambiente. Hace unos dias, le tocó a La Salada cuando funcionarios de la Municipalidad de Lomas de Zamora pretendieron tomar medidas de las calle Tilcara que pasa por el centro de la feria conocida como Ocean, para rehabilitarla al tránsito; dicha arteria se encuentra actualmente ocupada por mas de 800 puestos de feriantes. Conforme publica Urgente24 en su sitio web, según los puesteros que pertenecen a la "Cooperativa Ocean, La Salada", hace más de 20 años que trabajan en el lugar, aunque no aclararon si con la debida autorización municipal...
Por su parte, militantes de la Cooperativa la Alameda denunciaron hoy y escracharon a quien sería el propietario de la feria conocida como La Saladita; según el Presidente de la referida Cooperativa, conforme contó a
Perfil, "junto a cartoneros del MTE, familiares de las víctimas de Cromañón y vecinos del barrio realizaron un escrache y una clausura simbólica del megaemprendimiento textil que se pretende inaugurar...". Las razones de ello, son la ambición empresaria, el trabajo esclavo, la falta de habilitación y los accidentes imprevistos. Todos ellos serían algunos de los componentes inflamables de la situación que denunciaron hoy los militantes de la Cooperativa La Alameda. Según el representante legal de la Cooperativa, "Protestamos porque el lugar no está habilitado y ahí se va a vender ropa confeccionada en talleres clandestinos"; además relacionó el lugar a marcas falsificadas.
Compartirán conmigo queridos amigos que cada vez que nombramos a algunas de estas ferias, violencia o conflictos sobrevuelan el ambiente.
RJ
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sábado, 22 de agosto de 2009

Los usuarios pueden demandar a la marca por la falta de acción contra el fraude marcario?


Días pasados llamé la atención sobre la responsabilidad del directorio de las empresas que cotizan en bolsa con motivo de la falta de acción en lo que respecta a la defensa contra la falsificación de marcas... En esta oportunidad me gustaría analizar que pasa con aquellos clientes que consumen productos con marca registrada cuando la empresa propietaria de la marca no defiende su prestigio e identidad contra aquellos que la falsifican.
Es sabido que quienes consumen una determinada marca lo hacen por cuanto se identifican con todo lo que ella representa; comencemos por destacar el prestigio de dicha marca, su calidad, el diseño, etc. En síntesis, se identifican con un "grupo".
Pero cuando dicha marca es falsificada, se afecta su prestigio, por supuesto su calidad y obviamente se desvirtúa el grupo. Y en muchas ocasiones, se debe concluir en que el "gasto" en que se incurrió no tuvo razón de ser.
Dicho de otra forma, si un cliente invierte su dinero por ejemplo en adquirir una cartera Louis Vuitton y paga lo que ella cuesta, -que ciertamente no es un costo menor-, lo menos que puede pretender es diferenciarse a partir del producto adquirirdo, y que este no se confunda con las copias ilegítimas. Lo mismo sucede con los relojes, con anteojos, zapatillas, ropa, etc.
No solo se adquieren estos productos por su calidad intrínseca, sino también por lo que ellos representan, por su prestigio; porque los identifica con un sector y los incluye en un grupo.
Luego, cuando los productos son falsificados, se afecta al tercero consumidor de buena fe que ve asi afectada su pertenencia al grupo, sufre por el daño que se le impone al prestigio de la marca adquirida y pierde la "exclusividad" que se supone la marca brinda a quién la consume. Ya no "identifica" sino que desde que se confunden los productos, originales y apócrifos, no solo no se mantiene la identidad de la marca sino que se la desvirtúa, al no poder distinguirse entre el producto sano y el adulterado.
Por eso es fundamental que desde la empresa propietaria de la marca se la defienda contra todos aquellos que la falsifican. La falta de acción en este sentido de parte de la empresa, a mi entender, genera responsabilidad que cuaqluier consumidor de la marca, de buena fe, puede reclamar contra la misma.
Prestese atención a esta situación, pues las empresas dueñas de las marcas pueden comenzar a verse afectadas por cantidad de juicios de parte de sus consumidores habituales por no combatir y defender adecuadamente la marca contra el fraude marcario.

RJ



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lunes, 17 de agosto de 2009

¿Es responsabilidad de los directores la persecución del fraude marcario?


Acaba de publicar Infobaeprofesional la nota que ilustra el título en la que se pone al descubierto la responsabilidad que les cabe a los directores de las sociedades que cotizan en bolsa por su inactividad en lo que respecta a la defensa contra el fraude marcario. A quienes les interese el tema, sugiero la lectura del artículo.
Un cordial saludo a todos,
RJ

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miércoles, 12 de agosto de 2009

Efedrina - Medicamentos Falsos - Narcotráfico

La Aduana Argentina realizó esta tarde un procedimiento donde secuestró la mayor cantidad de efedrina que se hubo incautado hasta el momento en el país. Por orden del Juez Federal de Zárate-Campana, Federico Faggionato Márquez, fueron incautados al menos 4 toneladas de efedrina en el puerto de Buenos Aires. Pero esto no es todo. También se secuestraron 1500 Kg de efedrina en un depósito fiscal de Avellaneda, mas precisamente en la localidad de Gerli... Para que tengan una idea de la importancia de la cantidad secuestrada, recuérdese que en el año 2006 la Argentina importó legalmente de China e India 5 toneladas de efedrina. Menos que la cantidad secuestrada por la AFIP-ADUANA en el dia de la fecha.
Tengase presente que este precursor sirve para la fabricación de drogas sintéticas.
Según información brindada por las autoridades de la Aduana, la droga secuestrada en el Puerto, era propiedad de un laboratorio que ya fue allanado en el marco de la causa de la ruta de la efedrina.
Una vez mas vemos como se tocan medicamentos falsificados y narcotráfico.


Como he dicho antes de ahora en reiteradas oportunidades, la falsificación de marcas no se agota en ese ilícito sino que alimenta otros de aún mayor envergadura, como en este caso sucede con el narcotráfico; o como muchas otras veces ocurrió y ocurre que se lo utiliza para financiar actos de terrorismo.
Como sea, esta a la vista y resulta elocuente la peligrosidad que encierra este delito, que lamentablemente se sigue manifestando cada vez con mayor frecuencia y que no alcanza a ser dimensionado en su justa dimensión. Consecuentemente, tampoco se lo combate y enfrenta como se debiera, es decir al amparo de leyes que sean verdaderamente idóneas para dar la lucha.
Hoy sin ir mas lejos la división Defraudaciones y Estafas la Policía Federal realizó un procedimiento frente al shopping Abasto, en la galeria denominada "Factory Outlet Abasto", por infracción a las leyes 11.723 y 22.362; persiguiendo la comercialización de DVD y Cd truchos, y de ropa con marcas falsificadas. Según la policía, "por lo menos el 80 por ciento de los productos que se vendían en esos locales era trucho".
Pero todos conocemos que las infracciones a dichas leyes contemplan fueros y procedimientos distintos a la vez que preveen sanciones bien diferentes para unos y otros casos. Sin embargo, cada vez es mas frecuente confundir los procedimientos como si se tratara de un mismo delito tanto a la hora de deducir las denuncias como de realizar los procedimientos. Sin embargo apenas finalizan los allanamientos comienzan las dilaciones y los inconvenientes de manera casi inmediata, al tener que requerir de autoridades judiciales distintas de las que autorizaron las diligencias procesales. Y al final del dia, cuanto menos en lo que hace a la infracción marcaria, nos vamos a encontrar con que no existe condena penal ninguna. Lo mismo que sucede con la falsificación de medicamentos. Y así seguimos...
Esperemos que el nuevamente electo diputado nacional Francisco De Narvaez, quién ha cobrado un notable protagonismo a partir de las últimas elecciones, impulse una vez mas -ahora quizas con mayor suerte y posibilidad-, la reforma de la ley de marcas en materia penal, teniendo en cuenta que junto a Cristian Ritondo fue uno de los impulsores del último proyecto de reforma presentado.
RJ

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martes, 11 de agosto de 2009

Otra vez medicamentos falsos

Una vez mas nos golpea la realidad con un nuevo caso de remedios falsos y remedios adulterados. Tras una investigación realizada por la División Investigación Técnica del Delito, de la Superintendencia de Investigaciones Federales, y tras realizar sendos allanamientos en cuatro consultorios porteños y uno de la provincia de Entre Ríos, se secuestraron frascos y ampollas medicinales que contenían crotoxina falsa y un complejo proteínico fabricado en forma clandestina...
También se habrían secuestrado gran cantidad de recetas y documentos que permitirían demostrar la participación de los médicos y farmaceuticos detenidos en la maniobra.
El precio en que se comercialiazaban estos medicamentos falsos oscilaban entre los $500 y $1.000. Recordemos que se trataban de medicamentos supuestamente oncológicos y contra el HIV.
Lamentablemente nada ha variado en lo que se refiere a un cambio de políticas y de legislación en nuestro país.
Días pasados, llamé la atención sobre que los únicos actores que hacen algo contra la piratería son aquellos que defienden sus derechos contra la violación a la ley 11.723. Pero que nada hacen quienes deberían defender sus derechos contra la violación a la ley de marcas. Lo mismo sucede con el tema de los medicamentos. Una lástima.
Para ampliar sobre el tema ver las nota de La Nación y de Clarín.
RJ

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viernes, 7 de agosto de 2009

Responsabilidad del órgano de administración en temas de falsificación marcaria


Les dejo para aquellos a los que les interese el tema que refleja el título de esta nota el artículo publicado por Aduananews en el que describo la responsabilidad que les cabe a los administradores de sociedades que cotizan en bolsa... por su acción u omisión en lo que hace a la defensa de la marca.
A continuacón transcribo lo publicado por Aduannews:


La responsabilidad del directorio en la persecución del fraude marcario en las empresas que cotizan en bolsa


Lunes, 03 de Agosto de 2009 00:00 Por el Dr. Roberto J. Porcel Doctrinas - Ultimas doctrinas


Es frecuente que cuando se otorgan licencias o franquicias para la fabricación y/o comercialización de productos con marca registrada en países distintos a los de origen, se traslade la responsabilidad de perseguir la falsificación marcaria en el nuevo territorio a las empresas licenciatarias y/o franquiciadas. En otras ocasiones, si bien el propietario de la marca conserva para sí la última palabra en orden a decidir si se actúa o no contra el fraude marcario, el costo que implique e insuma tal persecución casi siempre se carga a la persona del licenciatario y/o del franquiciado.
Esta modalidad de contratación -que en principio puede aparecer como beneficiosa para el titular de la marca que se licencia, pues traslada el costo de su defensa a un tercero-, ha demostrado sin embargo a lo largo de los años, que en la realidad de los hechos, se vuelve un boomerang en su contra; resulta manifiesto que las empresas locales que explotan una marca de origen extranjero, decididamente no quieren absorber o hacerse cargo de los costos que importe la lucha para evitar la falsificación de la marca, que ciertamente no son menores; máxime si tenemos en cuenta que por lo general, cualquier acción de esta naturaleza requiere de tareas de inteligencia previas y obviamente de abogados especializados en la materia, que no siempre coinciden con los que asesoran de ordinario a las empresas licenciatarias.

Téngase presente que la custodia de la marca, de su imagen y prestigio no siempre redunda en un beneficio inmediato para el licenciatario como para el titular de la marca. La defensa de la marca hace a la conservación y preservación del patrimonio del propietario de tan preciado bien. En el caso del licenciatario por el contrario, su interés por lo general, se encuentra más acotado y dirigido a lo que pueda generar y percibir por la comercialización de la marca en el mercado local, sin importarle los perjuicios que se puedan derivar para la marca en lo que refiera a su imagen global o que pueda resultar para el titular marcario por pérdidas en el cobro de regalías por uso de marca sin su autorización.

Luego para el comerciante local, perseguir la falsificación marcaria no pareciera generarle –cuanto menos en lo inmediato- ningún rédito y por el contario le ocasiona gastos y dolores de cabeza. Importa no solo gastar dinero sino tener que involucrarse en una causa judicial con todo lo que ello implica; y hasta poner en riesgo muchas veces, su propio negocio.

En esta realidad que describo podrán encontrar seguramente estimados lectores, una de las razones por las cuales nos encontramos a diario en el mercado local con mercadería apócrifa de reconocidas marcas, sin que nadie se dedique en el territorio a perseguir su falsificación.

Pero para los accionistas de la empresa titular de la marca que cotiza en bolsa, que han depositado su confianza en la preservación y desarrollo de la marca en el “board “ que tiene a su cargo la administración de la sociedad, no solo en el país de origen sino en todos aquellos lugares donde la marca se comercializa, esta actitud pasiva por parte de la empresa titular, o de su órgano de administración más propiamente dicho, -independientemente de la responsabilidad que pueda corresponderle a la empresa licenciataria-, ocasiona, a no dudar, un gravísimo perjuicio.

Perjuicio este que cualquier accionista tiene derecho a reclamar y a denunciar; y sobre los que el directorio debiera responder. Si los accionistas en el país de origen tomaran conocimiento del daño que se le está produciendo a su marca en los distintos países donde se la comercializa, sin que nadie se ocupe de su defensa, no me caben dudas que accionarían de inmediato contra los responsables de la custodia del patrimonio que se ofrece de manera pública.

Deterioro de la marca, de su imagen, calidad y prestigio; pérdida en el cobro de regalías. Sin lugar a dudas son cargos muy importantes por los que deberán responder a la brevedad los responsables del cuidado y desarrollo de empresas que cotizan en bolsa comercializando productos de reconocidas marcas registradas en los distintos continentes, y que no han sabido dar adecuadas respuestas a sus accionistas. Se han preocupado por extender los mercados pero se han despreocupado del cuidado de la marca, cuando justamente la marca, es el bien más preciado que debieran haber custodiado y preservado.

En nuestro país, hay marcas que han emprendido una férrea defensa de su integridad, persiguiendo implacablemente a quienes intentaron lucrar a sus expensas falsificando la marca o usándola sin autorización de sus titulares; otras en cambio nada han hecho ni hacen al respecto. Llegado el momento de exponer resultados, si cualquier interesado denunciara esta inactividad por parte de los responsables de conducir los negocios de la empresa titular de la marca en el extranjero y expusiera los daños que se le han provocado a la misma, me pregunto, cuantos “board of directors” podrían eludir tener que hacer frente a las correspondientes “class action”?

Dr. Roberto J. Porcel


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