La ley 26.567 sigue vigente en la Capital
Tras un planteo efectuado por la Unión de Kiosqueros de la República Argentina, UKRA, el juez en lo contencioso administrativo Guillermo Scheibler resolvió ratificar la vigencia de la ley 26.567, -vigente desde el año 2009-, al sostener que las leyes nacionales rigen excepto que lesionen facultades delegadas a las jurisdicciones o que entren en colisión con leyes locales. En ese sentido, el magistrado consideró que en la Capital "no existe ley local que regule la materia, por lo que no se presenta conflicto normativo que obligue a efectuar el confronte con las disposiciones del Congreso"... De esta forma, se desestimó el planteo efctuado por la UKRA en el que sostenía que "la aplicación de la ley 26.567 en la ciudad conculcaba la autonomía consagrada por la Constitución Nacional, habida cuenta de que el gobierno porteño no adhirió a dicha norma ni la Legislatura dictó una ley" para regular la materia, como hicieron otros distritos.
El Magistrado porteño consideró que "la intención de los legisladores nacionales de otorgar a la norma validez en todo el territorio de la Nación y el amplísimo consenso de que fue objeto" sin "observaciones por parte de los representantes" de la Capital, lleva a concluir que "la ley 26.567 rige directamente en todo el territorio de la ciudad, pues carecería de sentido reconocer una facultad propia del Congreso de la Nación si su aplicación en determinada jurisdicción dependiese de una decisión de ella". Como antecedente, Scheibler advirtió que la ciudad "aplicó, entre 1997 y 2010 de modo directo la norma nacional [desregulatoria], sin haber adherido a ella o dictado ley específica al respecto". Tras lo acontecido estos últimos años con la venta de medicamentos falsos, celebro resoluciones como las que describo, pues coadyuvan a un mayor control en lo que refiere a la venta de medicamentos.
RJ
El Magistrado porteño consideró que "la intención de los legisladores nacionales de otorgar a la norma validez en todo el territorio de la Nación y el amplísimo consenso de que fue objeto" sin "observaciones por parte de los representantes" de la Capital, lleva a concluir que "la ley 26.567 rige directamente en todo el territorio de la ciudad, pues carecería de sentido reconocer una facultad propia del Congreso de la Nación si su aplicación en determinada jurisdicción dependiese de una decisión de ella". Como antecedente, Scheibler advirtió que la ciudad "aplicó, entre 1997 y 2010 de modo directo la norma nacional [desregulatoria], sin haber adherido a ella o dictado ley específica al respecto". Tras lo acontecido estos últimos años con la venta de medicamentos falsos, celebro resoluciones como las que describo, pues coadyuvan a un mayor control en lo que refiere a la venta de medicamentos.
RJ
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