Piratería: expertos insisten en la necesidad de modificar la ley
Con relaciòn a la nota que precede, les dejo la opiniòn del Dr. Lisandro Cabo vertida en el diario electrònico INFOBAEprofesional... en la cual expone sus puntos de vista.
Como podràn apreciar, disentimos con mi querido amigo en lo que se refiere a la opiniòn dada en la AMCHAM por el Embajador de los Estados Unidos Earl A.Wayne, con respecto a la necesidad de contar con una nueva ley de propiedad intelectual.
En rigor yo creo que ambos dos, es decir tanto el Embajador Wayne como el Dr. Cabo, se confunden al momento de puntualizar la necesidad de contar con una adecuada legislaciòn en materia de propiedad intelectual.
La ley 11.723 reitero e inisto, me parece mas que adecuada y suficiente para combatir el delito de falsificaciòn contra la propiedad intelectual.
No sucede lo mismo con la ley 22.362 en materia de falsificaciòn marcaria, que si debe ser urgentemente revisada.
Ocurre que permanentemente se habla equivocadamente refiriendose a los delitos de piraterìa, como si todos los que integran esta categorìa fuesen lo mismo o tuviesen el mismo tratamiento. Y esta confusiòn genera y produce errores a la hora de buscar soluciones.
Muy distintas son las realidades de las leyes 11.723, 24.481 y 22.362.
Creo que por una cuestiòn de honestidad intelectual, hacìa falta esta aclaraciòn.
RJ
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Como podràn apreciar, disentimos con mi querido amigo en lo que se refiere a la opiniòn dada en la AMCHAM por el Embajador de los Estados Unidos Earl A.Wayne, con respecto a la necesidad de contar con una nueva ley de propiedad intelectual.
En rigor yo creo que ambos dos, es decir tanto el Embajador Wayne como el Dr. Cabo, se confunden al momento de puntualizar la necesidad de contar con una adecuada legislaciòn en materia de propiedad intelectual.
La ley 11.723 reitero e inisto, me parece mas que adecuada y suficiente para combatir el delito de falsificaciòn contra la propiedad intelectual.
No sucede lo mismo con la ley 22.362 en materia de falsificaciòn marcaria, que si debe ser urgentemente revisada.
Ocurre que permanentemente se habla equivocadamente refiriendose a los delitos de piraterìa, como si todos los que integran esta categorìa fuesen lo mismo o tuviesen el mismo tratamiento. Y esta confusiòn genera y produce errores a la hora de buscar soluciones.
Muy distintas son las realidades de las leyes 11.723, 24.481 y 22.362.
Creo que por una cuestiòn de honestidad intelectual, hacìa falta esta aclaraciòn.
RJ
