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martes, 19 de junio de 2007

Falsificación marcaria desde un sitio no detectable de Internet

Le pedí a Diego Villar, un colega amigo especialista en Derecho informático, que nos escriba unas líneas sobre una investigación que está llevando a cabo, relacionada a la utilización de sitios de Internet que no pueden ser detectados. Si bien el motivo del desarrollo que dió pie a la investigación no incumbe directamente a la falsificación marcaria, es plenamente aplicable a la misma. Por ello, volviendo al tema de la falsificación marcaria y los dominios de Internet, me pareció útil pedirle a Diego que nos ilustre sobre la materia. Les dejo el artículo:

Los servidores web son el software detrás de los web sites, responsables de servir encima de imágenes y de gráficos, las escrituras corrientes (como foros u otras páginas dinámicas) - ellos proporcionan un mecanismo para los clientes (browsers) para conectar con el servidor y para recuperar esta información.

Normalmente, este software corre o es ejecutado desde un ordenador con potencia suficiente para permitir múltiples y simultáneos accesos al contenido.

Hace un tiempo atrás, Nokia, se encuentra llevando adelante un proyecto, llamado Raccoon, el cual consiste en la posibilidad de ejecutar ese software sobre el sistema operativo conocido como Symbian (sistema propio de los equipos que en el mercado son denominados “smartphones” o teléfonos inteligentes). Estos dispositivos, para un mejor entendimiento, son aquellos que permiten acceso a internet, servicios multimedia, y acceso a archivos del grupo Office(Word, Excel, PowerPoint), entre otras múltiples funciones.Y, en la actualidad muchos de ellos cuentan con diversos protocolos de conexión para acceder a la red (BlueTooth, GPRS, Wifi, etc.)

Este proyecto, hoy 19 de junio, ha sido lanzado bajo el nombre de “Mobile Web Server”

MWS consiste en llevar o transportar el conocido software Apache para su funcionamiento sobre Symbian, de esa forma tenemos hoy la posibilidad de ejecutar un servidor web en un dispositivo tipo smartphone. Mas simplemente, alojar o servir un sitio web en un celular y hacerlo accesible a través de la Internet por medio de un browser cualquiera desde una pc.

Incluyendo un guestbook (libro de visitas), un blog, la capacidad de enviar los mensajes al teléfono, información del calendario del dispositivo, información de diversa índole, y de tener acceso a la cámara fotográfica del teléfono. Es posible por supuesto crear propias páginas y recibir archivos. Concretamente, un mini sitio web.

Es posible filtrar a los visitantes y habilitar o deshabilitar ciertas funciones para determinados usuarios, para ello utiliza un sistema de encriptacion, el mismo que Apache.

Ahora bien, al margen de la novedad que esto significa, muchos preguntaran que implicancia jurídica puede tener esta posibilidad.

Quizás, haciendo uso de un ejemplo, pueda entenderse la cuestión. Imaginemos que quien escribe se dedica a la venta de productos falsificados, y cuenta con una selecta clientela.

Si optara para mostrar el catalogo de productos y cerrar transacciones una pagina web de las que podemos llamar comunes, es sabido que tarde o temprano, en virtud de los rastros de alojamiento, direcciones IP, y registros en los servidores, por mas que utilice información falsa al registrarme, seguramente lograran encontrarme para luego juzgarme por los delitos cometidos.

Pero, no puede dejarse de observar, que esta misma tarea comercial, podría llevarla a cabo mediante el uso de un sitio web móvil. De esta forma, lógicamente sembrare un difícil camino para hallar al servidor. Las múltiples posibilidades de conexión permitirán ejecutar el software en un bar, en la calle, en el subte y en muchos lugares más. Previamente informare a mi selecta clientela los horarios en que podrán seleccionar los productos y cerrar las operaciones.

Si, hasta acá en nada difiere la actividad descripta con lo que de igual forma puede llevarse a cabo desde una notebook u ordenador portátil, pero si se diferencian y notoriamente desde la óptica del como acceder a dichos registros para luego poder capturar al traficante.

En el sistema jurídico, ya no sorprenden medidas como secuestro de computadoras, diskettes, copia de discos y otras, ya que se ha entendido claramente el concepto de documento, es decir “cualquier objeto que contenga la representación de un hecho humano” con independencia del continente (soporte papel, magnético, etc.). De igual forma, se han aceptado las intervenciones telefónicas, la intercepcion de correspondencia epistolar y de correo electrónico y siempre bajo debidos resguardos, ya que dichas medidas revisten cierta injerencia en la vida privada, por lo que solo son procedentes cuando media un interés superior en resguardo de la libertad de otros, la defensa de la sociedad, las buenas costumbres o la persecución del crimen.

Pero, y aquí, regresando a los mencionados smartphones, nótese la diferencia con los ordenadores portátiles. Ya debemos comenzar a hablar de requisa personal, sencillamente por la razón de su fácil portabilidad, la requisa es el acto mediante el cual se examina el cuerpo de una persona o de todo lo que lleva sobre si (celular en la cintura o bolsillo), no consigo, ya que en este ultimo caso (notebook) las cosas van o están cerca de la persona y no son objeto de requisa.

Así, las nuevas características de los teléfonos inteligentes, y el gran abanico de posibilidades o funciones que brindan, sumado a su fácil transporte y conectividad, traen aparejadas novedosas inquietudes al sistema jurídico; ya que la requisa, la cual por si misma importa una grave injerencia a la intimidad y de escasa procedencia, como ser solo cuando existe gravedad, urgencia o amenaza al orden publico por el accionar del imputado, viene a ser en la actualidad la única forma de obtener el instrumento utilizado para la actividad delictiva.
Dr. Diego Villar
diego.villar@gmail.com

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