Paga el ahorrista por la conducta del administrador
Les dejo el link para poder acceder al artículo que publiqué hoy en INFOBAE donde marco las diferencias entre una quiebra comercial y el default de un país. El trabajo está dirigido a exponer el error en que incurre la Presidente de la Nación, cuando pretende asimilar la obligación de aceptar la decisión de las mayorías a las minorías que no votaron favorablemente la propuesta de acuerdo. En un default país, no existe la posibilidad de discutir la propuesta, ni de modificarla, ni de votar por si o por no, ni siquiera se necesitan mayorías para aprobarla. Sencillamente, el Estado la impone de manera compulsiva. Da lo mismo la cantidad de acreedores que acepten la propuesta, ello no es óbice para que se la imponga compulsivamente. Luego, no se puede usar ese argumento para obligar a los ahorristas que optaron por no aceptar la propuesta. Espero les resulte de interés.
RJ
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