martes, 15 de mayo de 2007

Falsificacion marcaria y Dominios de Internet

Acaba de tomar estado público un pedido que habría efectuado la Cancillería al Colegio Público de Abogados de la Capital Federal para que coadyuve en la resolución de los conflictos con motivo de los dominios de Internet. Ello por cuanto, desde NIC Argentina se habría hecho saber...que no existe un regalmento que fije las pautas de resolución de los conflictos.
En este norte, el CPACF habría respondido enviando sendos proyectos, de los cuales se destaca la creación de un reglamento adicional para la resolución de los conflictos y la proposición de un tribunal especial arbitral para entender y resolver en las cuestiones. A este último efecto, se evaluaría y elegiría a los candidatos, de entre letrados con experiencia y trayectoria en derecho informático con el fin de crear el listado de árbitros que entiendan en estas controversias.
Desde ya que no estoy de acuerdo con esta proposición y metodolgía, pues me da la sensación que al igual que lo que ocurre actualmente con la falsificación de marcas, esta sucediendo con los dominios de Internet.
Se recurre de manera habitual al uso de marcas para crear un dominio, en la inteligencia que mas tarde se utilizará este dominio para obtener una ventaja económica a expensas del verdadero titular de la marca. Esto que relato es una experiencia que se repite sin cesar, y que aún hoy no tiene sanción penal ninguna.
Considero que debe darsele el mismo tratamiento al uso ilegitimo de marcas para constituir un dominio de mala fe, que a los supuestos de falsificación de marcas. Por ende, es que resulta prioritario reformar la actual ley de marcas, para incorporar un artículo que prevea y contemple el uso de marcas a estos fines y efectos. Pues sencillamente, no estamos sino frente a un nuevo presupuesto de piratería. Lo unico que cambia en esta oportunidad, es que se extorsiona al titular marcario a partir del uso de su marca para constituir una dirección de Internet y mal direccionar a su público original.
No alcanza con reglamentos, sino que se requiere de normas de fondo que tipifiquen estas conductas. Y no pretendamos que existen expertos de lo que no hay.
Propongo por ende, que se apresure la redacción de una nueva ley que contemple todos estos nuevos delitos que aparecen cada vez con mayor frecuencia, a partir de la revolución que ha provocado en el mundo real y en el mundo del derecho, el fenómeno de Internet.

2 comentarios:

Escritorio Jurìdico Andrea & De Leòn dijo...

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Dr: Gilberto Antonio Andrea Gonzalez
ABOGADO-U.C.A.B.

Escritorio Jurìdico Andrea & De Leòn dijo...

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