viernes, 21 de mayo de 2010

Venta de medicamentos


Con fecha 17 de diciembre de 2009 se promulgó la ley 25567, sancionada en fecha 25 de noviembre de 2009, que derogó los artículos 14 y 15 del Decreto Nº 2284/91, y que dispuso en su Artículo 1º que: "La preparación de recetas, la dispensa de drogas, medicamentos, incluidos los denominados de venta libre y de especialidades farmacéuticas, cualquiera sea su condición de expendio, sólo podrán ser efectuadas en todo el territorio de la Nación, en farmacias habilitadas.
Los medicamentos denominados de venta libre deberán ser dispensados personalmente en mostrador por farmacéuticos o personas autorizadas para el expendio.
La autoridad sanitaria competente podrá disponer la incorporación de otro tipo de productos al presente régimen.
Su venta y despacho fuera de estos establecimientos se considera ejercicio ilegal de la farmacia y, sin perjuicio de las sanciones establecidas por la ley, los que la efectúen podrán ser denunciados por infracción al Código Penal
".
Advierta el lector que esta norma es muy reciente y por cierto, responde a una realidad que nadie puede desconocer como es la que refleja la causa conocida como la mafia de los medicamentos...


Debo reconocer que luego de tanto reclamo para que se reaccionara respecto a lo que sucede con la falsificación de medicamentos, me dió la sensación que todos aplaudirían la nueva legislación. Sin embargo, hoy encuentro con sorpresa, leyendo una noticia que publica el diario Clarin, que la Unión de Kiosqueros habría deducido una acción declarativa de certeza ante el fuero en lo Contencioso Administrativo de la Ciudad de Buenos Aires, para que se reconozca la vigencia del decreto desregulatorio 2.284, que habilitó la venta de medicamentos de venta libre fuera de las farmacias, y que fue aprovechado ciertamente por kioscos, supermercados y estaciones de servicio. Lo curioso es que aparentemente la Ciudad apoyaría esta posición, justificando que "es una facultad propia de la Ciudad reglamentar la venta de medicamentos de venta libre". Al parecer, para las autoridades de la Ciudad, la ley 25.567, que establece que todos los medicamentos deben ser vendidos en farmacias habilitadas "no es aplicable" en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires.
Mas allá de no compartir esta posición que pareciera estaría asumiendo la Ciudad de Buenos Aires, -que por lo demás hasta donde conozco jamás atacó de nulidad ni por incostitucionalidad la flamante legislación vigente-, advierto con tristeza que una vez mas se ponen palos en la rueda a la hora de unificar criterios en torno de la lucha contra la falsificación de medicamentos y de marcas. Se hace caso omiso de leyes plenamente vigentes con una ligereza que asusta, generando conflictos innecesarios y poniendo en evidencia un llamativo desprecio en lo que respecta al cumplimiento de la ley. Desgraciadamente se continúan priorizando intereses propios por sobre intereses superiores que hacen a la salud y bienestar general de la población.

RJ

Leer Mas

lunes, 17 de mayo de 2010

Piratería: sin condena social no hay delito

Sugiero la lectura del comentario al fallo S. J. C. s/ infracción ley 11723 que publica hoy la editorial Microjuris e identifica bajo la denominación MJD4711. La sentencia dictada por la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional revocó el procesamiento que había dispuesto el Juez de grado contra una persona a la que se había encontrado comercializando CDs. falsificados en la vía pública... bajo el argumento que el presunto infractor no conocía que ese hecho era delito, y que por lo demás, no existe condena social contra esa infracción que justifique su condena como tipo penal. Dos nuevos cuan sorprendentes argumentos nos arrima en esta oportunidad la justicia penal para justificar la violación a la ley 11.723: desconocimiento de la norma y falta de condena social. Pueden encontrar mi pensamiento al respecto en el comentario que desarrolla la nota que publica Microjuris. Un fuerte abrazo para todos,
RJ

Leer Mas

domingo, 16 de mayo de 2010

Hablando de Plagios...y de sus defensores...


En las ediciones del dia de hoy de los diarios Clarin y Perfil, se denuncia el plagio en el que habría incurrido un legislador al momento de presentar un proyecto de ley en el que propone castigar con mas fuerza precisamente a aquellos que incurran el delito de plagio... elevando para ello las penas en sus mínimos y máximos. Al respecto, señala el legislador refiriéndose al plagio, y parafraseando pero sin citar la fuente, - en este caso a Wilkipedia-, que "...en el caso de documentos escritos, por ejemplo, se comete plagio al no citar la fuente original de la información incluyendo la idea, párrafo o frase dentro del documento sin comillas o sin indicar explícitamente su origen. Esto constituye, específicamente una violación a la paternidad de la obra, contemplada dentro del marco de los derechos morales..." Agrega la nota del diario, que "con esa misma frase exacta, calcada comienza la entrada que ofrece Wikipedia sobre qué significa la palabra "plagio".
Curiosidades de la vida, navegando por Internet, me he topado con una presentación judicial realizada aparentemente por el Centro Comercial de Santa Fe allá por el mes de Mayo de 2008, por ante la Fiscalía de turno del Juzgado Federal de esa provincia, en la que descubro, se han citado textualmente párrafos enteros de una nota que escribiera para el diario Clarin casualmente, pero sin aclarar que esas ideas y frases exactas reproducidas en el escrito judicial no pertenecían al autor de la presentación judicial sino que eran elaboración intelectual de otro profesional; en este caso eran de mi elaboración. Pero la coincidencia que mas llamó mi atención sin embargo, fue que la presentación judicial realizada entonces, tenía por finalidad, que se investigue la venta de productos piratas o falsificados, y la ubicación de sus centros de distribución. Increible coincidencias que rondan al plagio y a sus pretendidos defensores.
En el caso que me involucra, adviertan ustedes, queridos lectores, que párrafos enteros han sido copiados; les dejo la nota original, del año 2005, y la que reproduce la presentación judicial del Centro Comercial de Santa Fe, para que saquen sus propias conclusiones. Estos son los párrafos transcriptos:
"Lo cierto es que es el delito que mas evolucionó en los últimos años, en el mundo entero. Existen muchas razones que justifican esta realidad. El avance tecnológico por un lado, las comunicaciones por el otro, la globalización como síntesis...Adviértase que la ley de marcas, la número 22.362, data del año 1980. En esa época, era impensada una realidad como la actual. Sólo a titulo de ejemplo, en el año 1982 la falsificación envolvía en el mundo 5,5 billones de dólares. En el año 1993, esa cifra aumentó a 200 billones de dólares. Y en el año 2003, el número ascendió a los 500 billones dólares. Esta grave situación, que llevó al FBI a considerar el delito de falsificación marcaria como el delito del siglo XXI, obligó al concierto de las naciones a actualizar las respectivas legislaciones para ponerlas a tono con la nueva modalidad del ilícito, tal cual hoy se presenta...
El comercio legal sufre la competencia desleal. En el caso del consumidor el engaño de que es objeto, ...; y el titular de la marca soporta el deterioro de esta y los daños y perjuicios que la falsificación produce."


La posibilidad de aportar y dejar algo desde lo intelectual es realmente indescriptible. Pero ver que esa creación es apropiada por otros sin reconocer la verdadera autoría, provoca sin ninguna duda, un gran fastidio y una muy desagradable sensación.

RJ


Leer Mas

lunes, 10 de mayo de 2010

Los números de La Salada

En una nota aparecida hoy en el diario Perfil sobre La Salada, se referencian los números que aparentemente se moverían en el lugar como consecuencia de la comercialización de los productos que allí se ofrecen a la venta. La verdad es que no solo impactan sino que sorprenden, ya que la evolución que aparentemente habrían sufrido los mismos en los últimos años ... no guardan ninguna relación con lo que venía sucediendo u ocurre en otros sectores.
Asi, recordemos, no hace tanto tiempo atrás, se mencionaba que La Salada movía una cifra cercana a los Mil doscientos millones de pesos al año. En esta oportunidad, sugieren que las ventas actuales representan Mil doscientos millones de pesos cada treinta días. Es decir, Quince mil millones de pesos al año. Cierto es que estos números no se compadecen con los que reflejaba la nota del diario Iprofesional del mes de enero de este año; allí se mencionaba que las ventas mensuales rondaban los Dos mil setecientos millones de pesos, lo que implica que se superaban los Treinta mil millones de pesos al año. Vale decir, el doble de dinero entre una nota y otra.
Sea cual sea la realidad, lo cierto es que los números son ciertamente movilizadores, sobre todo si tenemos en cuenta que las ventas anuales de los shoppings durante el pasado año, a estar a la información brindada por Perfil, ascendería a tan solo Ocho mil quinientos millones de pesos.
Lo lamentable, es que mucho de ese dinero provenga de la falsificación de marcas, y que este dato se lea como algo natural, como si fuera normal o como si esto no fuera un delito penal. Muy recientemente, una sentencia de la Cámara del Crimen absolvió a una persona a la que se había encontrado en la vía pública comercializando CDs, falsificados, bajo el argumento que el tipo penal "tenía una apariencia de permisión"; luego el imputado pudo creerse con derecho a comercializar este tipo de producto espurio. Si leemos los distintos razonamientos que se vuelcan en la nota que vengo referenciando de Perfil, el argumento del Tribunal de Alzada seguramente no aparecerá tan distante del común denominador del pensamiento social que esboza la nota. Siempre se encuentra alguna excusa para justificar la conducta, tanto de quién falsifica como de quién adquiere el producto falso. Para ambos hay justificativos. Desde ya que este no es mi punto de vista y no puedo compartir semejantes conclusiones.
Tampoco puedo coincidir con lo que se menciona en la nota, respecto que la falsificación de zapatillas vendría de afuera. Con tan solo leer la nota del periodista Hernan Zin se advertirá lo equivocado de esa afirmación. Y mucho menos compartir el porcentual de productos en infracción que manifiestan se venderían en la feria.
Desde lo jurídico, la violación a la ley de marcas es un delito, y asi debe interpretárselo. Tratados Internacionales comprometidos por nuestro país asi concuerdan y castigan la infracción. Luego, reconozcamos de una vez por todas que las violaciones a los derechos de propiedad que resguardan las leyes 22.362 y 11.723 importan infringir la legislación vigente y son delitos de orden público. Y asi debe de valorarselos e interpretárselos, y terminar con justificaciones que no responden ni al verdadero orden social ni a la realidad jurídica.
RJ

Leer Mas

jueves, 6 de mayo de 2010

El Artículo 72 bis, inciso “D”, según Ley 11.723. Delito de defraudación cometido contra la propiedad intelectual


Recomiendo la lectura del artículo publicado hoy por Aduananews y escrito por mi hijo Roberto Marcos con motivo del fallo “S. J. C. s/Infracción Ley 11723” ///nos Aires, 16 de marzo de 2010, dictado por la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal, en el que se revoca el procesamiento dictado por el Juez de Grado en mérito a "las condiciones personales" del imputado y a la "falta de condena social" del delito de violación a los derechos de autor...

Imperdible el argumento, naturalmente por lo "novedoso" del mismo y porque pone en evidencia lo dificil que resulta proteger el derecho de propiedad en nuestro país. Pareciera que cualquier excusa sirve para excusar conductas violatorias de la normativa vigente.

Un cordial saludo para todos,

RJ

Leer Mas

miércoles, 5 de mayo de 2010

Estadísticas de la Aduana - Falta de Reacción del Titualar Marcario


Aqui les dejo las estadísticas de los secuestros de productos en infracción brindadas por la Aduana correspondientes al espacio que corre desde el 22 de Marzo al 28 de Abril. Como podrán observar, la mayor cantidad bienes secuestrados ... representados en dólares corresponde a productos de electrónica, y en vólumen a juguetes.
Lo que me sigue llamando la atención sin embargo, es que a pesar del trabajo a destajo que realiza la Aduana para detener en frontera el ingreso o egreso de mercadería en infracción, no advierto que desde el sector privado se actúe con el mismo dinamismo. De hecho, con tan solo contemplar lo que sucede con el e-commerce y los ofrecimientos que desde allí se realizan de mercadería falsificada, o las ventas a cielo abierto que se ven a diario se realizan verbigracia en la calle Florida de productos con marcas falsificadas, -remeras y camisas Lacoste o Polo por ejemplo, etc-, considero se pone en evidencia lo que pareciera ser una falta de interés o de acción importante de parte de los titulares marcarios en lo que hace a la defensa de las mismas. Daría la sensación que se continúa descansando en lo que se pueda actuar desde la Aduana y de oficio.
En esta dirección, confieso que no entendí las manifestaciones de un colega durante la última reunión del Foro de Lucha contra el Fraude Marcario que pareciera estaba justificando la falta de persecución de mercadería en infracción en los mercados secundarios, por lo dificultoso que le resultaba sino imposible acceder a determinadas ferias, al mismo tiempo que se agraviaba de la falta de interés que demostraban los jueces federales respecto de este delito.
Dos comentarios al respecto; el primero, que como abogado habría que encontrar a través de las herramientas que ofrece la legislación vigente la manera de evitar que este delito prospere, independientemente de donde se desarrolle y de las dificultades que ofrezca. Alguna vez sostuve durante mi confrontación con los agentes marcarios que se oponían al proceso penal como herramienta para enfrentar el flagelo de la falsificación marcaria que era imposible o utópico pensar en entrar a determinadas ferias de la mano de un Oficial de Justicia del fuero Civil con un mandamiento de embargo. Creo que esta realidad hoy esta a la vista.
Sin embargo, quién no tiene el expertiz en materia penal debería recurrir a profesionales que si lo tengan para poder dar una respuesta eficaz tanto desde lo fáctico como desde lo jurídico. De lo contrario, y a estar a las palabras del colega, esta lucha esta pérdida.
Me gustaría traer a colación en este estadio los conceptos vertidos en el sitio Law360 The Newswire For Business Lawyers, New York (April 29, 2010), por el presitigioso abogado de New York Harley Lewin, en cuanto a que "Fake goods have always been a thorn in the side of established apparel brands, and with the Internet giving companies the means to transcend traditional borders, counterfeiting is only poised to become an even bigger problem. But companies can do a lot to protect their brands — even in the age of fast, cheap fashion, experts say..." "...The old model of counterfeiting — which operated pyramid-style with a single group or leader at the top — is long gone. Thanks to the anonymity of the Internet, that model of organized counterfeit rings is obsolete. It is much more difficult to determine who, if anyone, is in charge of a counterfeiting operation or to uncover the members of its supply chain, he said. “The groups that come together now to deal in fake goods are more like a series of boxes stacked on top of each other,” Lewin said. “You have a group that ships, one that trucks and one that makes the goods, but the likelihood of the manufacturer knowing who is at the end of the chain is between zero and nil.”
Luego, no hay que lamentarse ni sentir impotencia, sino y por el contrario buscar nuevas estrategias para combatir este delito; como de hecho hace permanentemente la Aduana, combatiendo incluso los mercados secundarios o las ventas por Internet. Adviertan queridos lectores el dato que nos brinda este abogado norteamericano en la nota que se individualiza: "Counterfeit goods have also become increasingly lucrative, netting a return of approximately 18-to-1. In contrast, the estimated return on the narcotics trade is 10-to-1 — almost half of what counterfeit good sales bring in, according to Lewin".
Finalmente, me gustaría agregar y subrayar que no escucho ninguna voz que se alce para reclamar por la tan necesaria reforma a la ley de marcas en su aspecto penal. Mientras esta ley no se reformule y contemple penas acordes con la realidad del delito marcario, los jueces continuarán ignorando la gravedad que encierra este flagelo y se seguira alentando el mismo. En los proyectos que presentaramos tiempo atrás con el entonces diputado Cristian Ritondo, no solo se bregaba por esta readecuación de las penas en un todo de acuerdo con lo comprometido por nuestro país en el Acuerdo ADPIC, sino que ya pedíamos por la intervención en los procesos de la AFIP, como hoy vemos ocurre con tan buenos resultados con la Aduana en los procesos de frontera.
Si de verdad los colegas estan ocupados en el delito marcario y preocupados por el escaso éxito en su persecución, -mas alla de lo que actúa la Aduana-, sería hora que trabajen para la reforma de la ley de marcas en su aspecto penal, como vengo reclamando desde hace ya tan largos años.
RJ


A continuación los gráficos:
















Leer Mas

martes, 4 de mayo de 2010

La Salada en la India


A continuación les dejo unas ideas del Dr. Roberto Marcos Porcel en las que comenta una nota aparecida hoy en uno de los blogs del diario La Nación... con motivo de un mercado que visitó el autor en su visita a la India. Espero les resulte de interés.

En la nota publicada hoy en el blog del Diario La Nación, La Salada en la India, se puede leer como el delito que tanto ocupa hoy en nuestro país, es también un problema a nivel mundial.
Es paradójico como un delito que crece día a día a escala mundial no es perseguido y castigado con la severidad que debería serlo en nuestro país.
A modo de ejemplo, la ley 22.362 data del 2 de enero de 1981, y no ha sufrido a la fecha ningún tipo de modificación ni actualización, a pesar de haber existido varios proyectos como los del entonces Diputado Ritondo.
No solo esto, sino la constante falta de interés de los jueces en castigar a quienes cometen este ilícito, y en su lugar la persistente búsqueda por encontrar alguna causa para poder justificarlo. Ver a tal fin fallos como “S.J.C s/ infracción ley 11723” comentado por mi padre en www.microjuris.com.
A ello se agregan ferias como la de la Salada, que no solo comercializan mercadería en infracción sino que pretenden fijar sus propias pautas económicas y políticas, escindiéndose del Municipio de Lomas de Zamora al que pertenecen, lo que habla a las claras del poderío económico que emana de ellas; tienen su propia tarjeta de crédito y hasta comercializan sus productos vía sus propias páginas web.
En la nota que comento, se refleja la total impunidad que también existe en otras latitudes, tales como sucede verbigracia en la India.
Es dable recordar que el delito que nos ocupa no se agota en la violación a los derechos de la propiedad, sino que sirve para financiar delitos como el terrorismo, el narcotráfico y el lavado de dinero.
A modo de ver de este profesional creo que es una gran oportunidad para que quienes estamos interesado en combatir este flagelo tomemos verdadera conciencia de la extensión de este delito en el mundo.
Dr. Roberto Marcos Porcel

Leer Mas

sábado, 1 de mayo de 2010

Doctrina en Microjuris sobre fraude marcario

Sugiero leer el comentario al fallo "Solís Lizarme Ángel Agustín s/ incompetencia" que publica la editorial Microjuris.com (www.microjuris.com) en su portal intitulado Falsificación dolosa de marcas: un nuevo fallo contra la propiedad privada. Les dejo la referencia (MJJ54363)
El artículo desarrolla in extenso la crítica a la referida sentencia de la Sala I de la Cámara Federal.
Un cordial saludo para todos,
RJ

Leer Mas