sábado, 22 de agosto de 2009

Los usuarios pueden demandar a la marca por la falta de acción contra el fraude marcario?


Días pasados llamé la atención sobre la responsabilidad del directorio de las empresas que cotizan en bolsa con motivo de la falta de acción en lo que respecta a la defensa contra la falsificación de marcas... En esta oportunidad me gustaría analizar que pasa con aquellos clientes que consumen productos con marca registrada cuando la empresa propietaria de la marca no defiende su prestigio e identidad contra aquellos que la falsifican.
Es sabido que quienes consumen una determinada marca lo hacen por cuanto se identifican con todo lo que ella representa; comencemos por destacar el prestigio de dicha marca, su calidad, el diseño, etc. En síntesis, se identifican con un "grupo".
Pero cuando dicha marca es falsificada, se afecta su prestigio, por supuesto su calidad y obviamente se desvirtúa el grupo. Y en muchas ocasiones, se debe concluir en que el "gasto" en que se incurrió no tuvo razón de ser.
Dicho de otra forma, si un cliente invierte su dinero por ejemplo en adquirir una cartera Louis Vuitton y paga lo que ella cuesta, -que ciertamente no es un costo menor-, lo menos que puede pretender es diferenciarse a partir del producto adquirirdo, y que este no se confunda con las copias ilegítimas. Lo mismo sucede con los relojes, con anteojos, zapatillas, ropa, etc.
No solo se adquieren estos productos por su calidad intrínseca, sino también por lo que ellos representan, por su prestigio; porque los identifica con un sector y los incluye en un grupo.
Luego, cuando los productos son falsificados, se afecta al tercero consumidor de buena fe que ve asi afectada su pertenencia al grupo, sufre por el daño que se le impone al prestigio de la marca adquirida y pierde la "exclusividad" que se supone la marca brinda a quién la consume. Ya no "identifica" sino que desde que se confunden los productos, originales y apócrifos, no solo no se mantiene la identidad de la marca sino que se la desvirtúa, al no poder distinguirse entre el producto sano y el adulterado.
Por eso es fundamental que desde la empresa propietaria de la marca se la defienda contra todos aquellos que la falsifican. La falta de acción en este sentido de parte de la empresa, a mi entender, genera responsabilidad que cuaqluier consumidor de la marca, de buena fe, puede reclamar contra la misma.
Prestese atención a esta situación, pues las empresas dueñas de las marcas pueden comenzar a verse afectadas por cantidad de juicios de parte de sus consumidores habituales por no combatir y defender adecuadamente la marca contra el fraude marcario.

RJ



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lunes, 17 de agosto de 2009

¿Es responsabilidad de los directores la persecución del fraude marcario?


Acaba de publicar Infobaeprofesional la nota que ilustra el título en la que se pone al descubierto la responsabilidad que les cabe a los directores de las sociedades que cotizan en bolsa por su inactividad en lo que respecta a la defensa contra el fraude marcario. A quienes les interese el tema, sugiero la lectura del artículo.
Un cordial saludo a todos,
RJ

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miércoles, 12 de agosto de 2009

Efedrina - Medicamentos Falsos - Narcotráfico

La Aduana Argentina realizó esta tarde un procedimiento donde secuestró la mayor cantidad de efedrina que se hubo incautado hasta el momento en el país. Por orden del Juez Federal de Zárate-Campana, Federico Faggionato Márquez, fueron incautados al menos 4 toneladas de efedrina en el puerto de Buenos Aires. Pero esto no es todo. También se secuestraron 1500 Kg de efedrina en un depósito fiscal de Avellaneda, mas precisamente en la localidad de Gerli... Para que tengan una idea de la importancia de la cantidad secuestrada, recuérdese que en el año 2006 la Argentina importó legalmente de China e India 5 toneladas de efedrina. Menos que la cantidad secuestrada por la AFIP-ADUANA en el dia de la fecha.
Tengase presente que este precursor sirve para la fabricación de drogas sintéticas.
Según información brindada por las autoridades de la Aduana, la droga secuestrada en el Puerto, era propiedad de un laboratorio que ya fue allanado en el marco de la causa de la ruta de la efedrina.
Una vez mas vemos como se tocan medicamentos falsificados y narcotráfico.


Como he dicho antes de ahora en reiteradas oportunidades, la falsificación de marcas no se agota en ese ilícito sino que alimenta otros de aún mayor envergadura, como en este caso sucede con el narcotráfico; o como muchas otras veces ocurrió y ocurre que se lo utiliza para financiar actos de terrorismo.
Como sea, esta a la vista y resulta elocuente la peligrosidad que encierra este delito, que lamentablemente se sigue manifestando cada vez con mayor frecuencia y que no alcanza a ser dimensionado en su justa dimensión. Consecuentemente, tampoco se lo combate y enfrenta como se debiera, es decir al amparo de leyes que sean verdaderamente idóneas para dar la lucha.
Hoy sin ir mas lejos la división Defraudaciones y Estafas la Policía Federal realizó un procedimiento frente al shopping Abasto, en la galeria denominada "Factory Outlet Abasto", por infracción a las leyes 11.723 y 22.362; persiguiendo la comercialización de DVD y Cd truchos, y de ropa con marcas falsificadas. Según la policía, "por lo menos el 80 por ciento de los productos que se vendían en esos locales era trucho".
Pero todos conocemos que las infracciones a dichas leyes contemplan fueros y procedimientos distintos a la vez que preveen sanciones bien diferentes para unos y otros casos. Sin embargo, cada vez es mas frecuente confundir los procedimientos como si se tratara de un mismo delito tanto a la hora de deducir las denuncias como de realizar los procedimientos. Sin embargo apenas finalizan los allanamientos comienzan las dilaciones y los inconvenientes de manera casi inmediata, al tener que requerir de autoridades judiciales distintas de las que autorizaron las diligencias procesales. Y al final del dia, cuanto menos en lo que hace a la infracción marcaria, nos vamos a encontrar con que no existe condena penal ninguna. Lo mismo que sucede con la falsificación de medicamentos. Y así seguimos...
Esperemos que el nuevamente electo diputado nacional Francisco De Narvaez, quién ha cobrado un notable protagonismo a partir de las últimas elecciones, impulse una vez mas -ahora quizas con mayor suerte y posibilidad-, la reforma de la ley de marcas en materia penal, teniendo en cuenta que junto a Cristian Ritondo fue uno de los impulsores del último proyecto de reforma presentado.
RJ

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martes, 11 de agosto de 2009

Otra vez medicamentos falsos

Una vez mas nos golpea la realidad con un nuevo caso de remedios falsos y remedios adulterados. Tras una investigación realizada por la División Investigación Técnica del Delito, de la Superintendencia de Investigaciones Federales, y tras realizar sendos allanamientos en cuatro consultorios porteños y uno de la provincia de Entre Ríos, se secuestraron frascos y ampollas medicinales que contenían crotoxina falsa y un complejo proteínico fabricado en forma clandestina...
También se habrían secuestrado gran cantidad de recetas y documentos que permitirían demostrar la participación de los médicos y farmaceuticos detenidos en la maniobra.
El precio en que se comercialiazaban estos medicamentos falsos oscilaban entre los $500 y $1.000. Recordemos que se trataban de medicamentos supuestamente oncológicos y contra el HIV.
Lamentablemente nada ha variado en lo que se refiere a un cambio de políticas y de legislación en nuestro país.
Días pasados, llamé la atención sobre que los únicos actores que hacen algo contra la piratería son aquellos que defienden sus derechos contra la violación a la ley 11.723. Pero que nada hacen quienes deberían defender sus derechos contra la violación a la ley de marcas. Lo mismo sucede con el tema de los medicamentos. Una lástima.
Para ampliar sobre el tema ver las nota de La Nación y de Clarín.
RJ

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viernes, 7 de agosto de 2009

Responsabilidad del órgano de administración en temas de falsificación marcaria


Les dejo para aquellos a los que les interese el tema que refleja el título de esta nota el artículo publicado por Aduananews en el que describo la responsabilidad que les cabe a los administradores de sociedades que cotizan en bolsa... por su acción u omisión en lo que hace a la defensa de la marca.
A continuacón transcribo lo publicado por Aduannews:


La responsabilidad del directorio en la persecución del fraude marcario en las empresas que cotizan en bolsa


Lunes, 03 de Agosto de 2009 00:00 Por el Dr. Roberto J. Porcel Doctrinas - Ultimas doctrinas


Es frecuente que cuando se otorgan licencias o franquicias para la fabricación y/o comercialización de productos con marca registrada en países distintos a los de origen, se traslade la responsabilidad de perseguir la falsificación marcaria en el nuevo territorio a las empresas licenciatarias y/o franquiciadas. En otras ocasiones, si bien el propietario de la marca conserva para sí la última palabra en orden a decidir si se actúa o no contra el fraude marcario, el costo que implique e insuma tal persecución casi siempre se carga a la persona del licenciatario y/o del franquiciado.
Esta modalidad de contratación -que en principio puede aparecer como beneficiosa para el titular de la marca que se licencia, pues traslada el costo de su defensa a un tercero-, ha demostrado sin embargo a lo largo de los años, que en la realidad de los hechos, se vuelve un boomerang en su contra; resulta manifiesto que las empresas locales que explotan una marca de origen extranjero, decididamente no quieren absorber o hacerse cargo de los costos que importe la lucha para evitar la falsificación de la marca, que ciertamente no son menores; máxime si tenemos en cuenta que por lo general, cualquier acción de esta naturaleza requiere de tareas de inteligencia previas y obviamente de abogados especializados en la materia, que no siempre coinciden con los que asesoran de ordinario a las empresas licenciatarias.

Téngase presente que la custodia de la marca, de su imagen y prestigio no siempre redunda en un beneficio inmediato para el licenciatario como para el titular de la marca. La defensa de la marca hace a la conservación y preservación del patrimonio del propietario de tan preciado bien. En el caso del licenciatario por el contrario, su interés por lo general, se encuentra más acotado y dirigido a lo que pueda generar y percibir por la comercialización de la marca en el mercado local, sin importarle los perjuicios que se puedan derivar para la marca en lo que refiera a su imagen global o que pueda resultar para el titular marcario por pérdidas en el cobro de regalías por uso de marca sin su autorización.

Luego para el comerciante local, perseguir la falsificación marcaria no pareciera generarle –cuanto menos en lo inmediato- ningún rédito y por el contario le ocasiona gastos y dolores de cabeza. Importa no solo gastar dinero sino tener que involucrarse en una causa judicial con todo lo que ello implica; y hasta poner en riesgo muchas veces, su propio negocio.

En esta realidad que describo podrán encontrar seguramente estimados lectores, una de las razones por las cuales nos encontramos a diario en el mercado local con mercadería apócrifa de reconocidas marcas, sin que nadie se dedique en el territorio a perseguir su falsificación.

Pero para los accionistas de la empresa titular de la marca que cotiza en bolsa, que han depositado su confianza en la preservación y desarrollo de la marca en el “board “ que tiene a su cargo la administración de la sociedad, no solo en el país de origen sino en todos aquellos lugares donde la marca se comercializa, esta actitud pasiva por parte de la empresa titular, o de su órgano de administración más propiamente dicho, -independientemente de la responsabilidad que pueda corresponderle a la empresa licenciataria-, ocasiona, a no dudar, un gravísimo perjuicio.

Perjuicio este que cualquier accionista tiene derecho a reclamar y a denunciar; y sobre los que el directorio debiera responder. Si los accionistas en el país de origen tomaran conocimiento del daño que se le está produciendo a su marca en los distintos países donde se la comercializa, sin que nadie se ocupe de su defensa, no me caben dudas que accionarían de inmediato contra los responsables de la custodia del patrimonio que se ofrece de manera pública.

Deterioro de la marca, de su imagen, calidad y prestigio; pérdida en el cobro de regalías. Sin lugar a dudas son cargos muy importantes por los que deberán responder a la brevedad los responsables del cuidado y desarrollo de empresas que cotizan en bolsa comercializando productos de reconocidas marcas registradas en los distintos continentes, y que no han sabido dar adecuadas respuestas a sus accionistas. Se han preocupado por extender los mercados pero se han despreocupado del cuidado de la marca, cuando justamente la marca, es el bien más preciado que debieran haber custodiado y preservado.

En nuestro país, hay marcas que han emprendido una férrea defensa de su integridad, persiguiendo implacablemente a quienes intentaron lucrar a sus expensas falsificando la marca o usándola sin autorización de sus titulares; otras en cambio nada han hecho ni hacen al respecto. Llegado el momento de exponer resultados, si cualquier interesado denunciara esta inactividad por parte de los responsables de conducir los negocios de la empresa titular de la marca en el extranjero y expusiera los daños que se le han provocado a la misma, me pregunto, cuantos “board of directors” podrían eludir tener que hacer frente a las correspondientes “class action”?

Dr. Roberto J. Porcel


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miércoles, 5 de agosto de 2009

Y las marcas para cuando?

Se realizò esta tarde una marcha por el centro porteño dispuesta por la Unión de Trabajadores de Sociedades de Autores y la Unión Argentina de Videoeditores a los fines de entregar a las autoridades de la Ciudad un documento pidiendo que se combatan las actividades "ilegales y mafiosas" que importan infracciòn a la ley 11.723...

Con la consigna "Contra la tolerancia a la piratería, en defensa del trabajo", el manifiesto que se entregò reclamò por una "urgente" intervención de los organismos de control estatales en la regulación de actividades "ilegales y mafiosas".
Segùn Osvaldo Moreno, secretario adjunto de la UTSA, la piratería es mafia, delito, tráfico ilegal, inseguridad, violencia, "empresarios" invirtiendo en negocios ilícitos, evasión y consiguiente pérdida de fuentes de trabajo. Y esto sucede por la tolerancia de los poderes del Estado, de los órganos ejecutivos del nivel nacional, provincial y municipal".
No es la primera vez que estos actores (UTSA y UAV) asumen conductas activas en defensa de sus fuentes de trabajo lègitimas y contra la piraterìa. Tòmese nota que segùn informa Infobae, de las 83 empresas editoriales que alquilaban o vendían películas en DVD para el hogar, sólo 30 continúan en actividad, y de los casi 1200 videoclubes, cerraron más de 400.
Lo que sin embargo continùa sorprendiendo es que estos reclamos y movilizaciones contra la piraterìa se agoten en lo que tiene que ver con la violaciòn de los derechos intelectuales; y no comprendan ni sean abarcativos del reclamo que debiera existir por la violaciòn a la ley de marcas.
Por el contrario, se publicitan ferias y sitios virtuales donde se comercializan productos con marca falsificada como si ello hubiera dejado de ser delito. Cada vez es mas frecuente encontrarnos con sentencias de Jueces que entienden que falsificar una marca no es delito si quièn adquiere el producto apòcrifo es conocedor de la imitaciòn fraudeulenta, con total desprecio hacia la propiedad de la marca y el derecho de propiedad vulnerado.
Pero lo mas asombroso, es la conducta totalmente pasiva que asumen las propias marcas en defensa de su derecho de propiedad. Insisto en que en nuestro paìs no se persigue la piraterìa; es como si ello no le importara a los dueños de las marcas. Cuanto menos, a sus representantes locales que no estàn dispuestos a asumir el costo que implique la defensa contra la falsificaciòn.
Me queda la duda si los accionistas de las marcas en el paìs de origen estaràn de acuerdo con esta actitud pasiva local, que a no dudar, daña y como, no solo la imagen y reputaciòn de las marcas afectadas, sino la fuente de ingresos de las empresas propietarias de las diferentes marcas, que se ven privadas de las regalìas correspondientes que debieran percibir por las ventas de productos con sus marcas en el paìs.
RJ




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martes, 4 de agosto de 2009

Otra Condena ejemplar por Piratería Musical

Siguiendo los pasos de Jammie Thomas Rasset, a quien recordemos se la condenó a pagar un multa de $80,00 dólares por canción, sumando un total de $1.92 millones de dólares por daños, Joel Tenenbaum, un joven de 25 años que está haciendo un doctorado en Física en la Universidad de Boston, acaba de ser condenado por un Tribunal Federal del Distrito de Boston a pagar 675 mil dólares ($22,500 por canción) a cuatro compañías discográficas por haber compartido y distribuido ilegalmente canciones protegidas por las leyes de copyright...

La causa contra Tenenbaum tuvo su origen cuando este tenía 19 años de edad; en esa oportunidad, las empresas damnificadas le ofrecieron llegar a un entendimiento extrajudicial (se le reclamaron 3.500 dólares como compensación). Este no fue aceptado por el joven estudiante; por el contrario, asistido por el destacado profesor Charles Nesson y un grupo de estudiantes de leyes de la Universidad de Harvard que decidieron apoyar a Joel, este decidió mantener su posición y defender su postura a cualquier costo. Consecuencia de ello, fue demandado judicialmente por la Recording Industry Association of America (quien representa a 1.638 compañías de grabación y comercialización de música) con el resultado que ahora se conoce. La estrategia de la defensa no fue ir contra las leyes de propiedad intelectual, sino que se agraviaron por el millonario monto que la ley permite fijar por daños y perjuicios, que consideran inconstitucional (The Digital Theft Deterrence Act).
Tenenbaum ya ha anunciado que se declarará en bancarrota de quedar firme la condena.
De todas formas y mas allá de la conducta que quiera adoptar el infractor en el futuro para eludir la condena, es positivo que sentencias de este tipo comiencen a ser corrientes si se quiere salvaguardar una industria tan importante como es la de la música.
RJ

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