domingo, 27 de julio de 2008

Falsificación de marcas: cada vez peor

Nuevamente hemos sido testigos de un procedimiento en la feria conocida como La Salada, donde se han secuestrado mas de 45.000 CDs truchos, 600 mil láminas y 36 copiadoras de discos ... en un procedimiento que duró 11 horas, y que contó con un amplio despliegue policial.
Dias pasados, también tomamos conocimiento de otro procedimiento realizado por la Aduana Argentina, en el que se confiscó gran cantidad de juguetes.
Pero lo que continúa sin ser noticia, porque ciertamente no sucede, es la defensa contra el fraude marcario de parte de los dueños de las marcas.
En efecto, no se escucha de procedimientos en los que se persiga la falsificación de marcas. Dicho de otra forma, los propietarios de las marcas, persisten en su actitud pasiva contra la falsificación de productos con sus marcas.
CAPIF no ceja en la persecución de aquellos que violan la ley 11.723. La Aduana no le va en zaga. Desgraciadamente, quienes deben velar por la defensa de las marcas no se deciden a recurrir a la acción penal para enfrentar el flagelo y el resultado está a la vista; cada vez se torna mas fácil comercializar productos en infracción.
Ya ni siquiera se impulsa una reforma legislativa que modifique la ley de marcas en su aspecto penal. Los proyectos Ritondo ya han perdido estado parlamentario. Luego la pregunta es, porque ninguno de los actores que deberían tener algún interés especial en el tópico no buscan las herramientas necesarias para enfrentar el delito del siglo XXI?
Esta arribando al país una delegación de la International Trademark Association (INTA) en busca de respuestas en este sentido. Será interesante conocer de boca de los actores argentinos el porque de una actitud tan diferente entre lo que pregonamos en el exterior y lo que se hace efectivamente en nuestro medio. Ojalá se tomara verdadera conciencia de la necesidad de perseguir un cambio en la legislación actual y en la conducta de los titulares de las marcas.

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martes, 15 de julio de 2008

Una vez mas la Aduana


Una vez mas la Aduana se convierte en protagonista en la lucha contra el fraude marcario deteniendo en frontera gran cantidad de electrodomésticos y juguetes que habían sido ingresados de contrabando, provenientes en su mayoría de China, y con destino final Ciudad del Este, en Paraguay...
La mercaderia secuestrada se encontraba en contenedores almacenados en una terminal portuaria, y fue valuada en una cifra cercana al millon de dolares.
La noticia ciertamente, es el secuestro de mercaderia trucha; lo que ya no es noticia, es que siempre sea la Aduana quien se convierta en el actor principal en la lucha contra la falsificacion marcaria. Cuando leeremos que fronteras adentro, se realice un procedimiento de esta magnitud...?

Para ampliar el tema, leer La Naciòn, o Infobaeprofesional.

Un saludo a todos,

RJ



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Ratifican condena contra dueño de predio virtual

Conforme manifestara en oportunidad de comentar la demanda deducida por la compañía francesa L'Oreal contra el sitio eBay luego de haber encontrado un gran número de frascos de perfumes falsos con la marca de la empresa francesa puestos a la venta en ese portal... había que atribuir responsabilidad a los responsables de mercados o ferias virtuales donde se comercializan productos falsificados.
Pues bien, el Tribunal de Apelación de París confirmó una sentencia condenatoria contra eBay, por haber vendido productos 'pirateados' con varias marcas pertenecientes al grupo de lujo francés LVMH y puentear sus redes de distribución selectiva.
Asi, tras la apelación deducida por eBay, confirmó la multa de 40 millones de euros que deberá pagar el sitio, y que había sido impuesta el pasado 30 de junio, por el Tribunal de Comercio de la capital francesa para indemnizar a varias filiales de Louis Vuitton.
Sostuve en oportunidad de comentar la demanda deducida por L´Oreal que si eBay no prestara su plataforma para la compra de esos productos, éstos no podrían ser comercializados por lo menos en el circuito legal.
Curiosamente, la demanda de Louis Vuitton, basó su fundamento en que eBay había dejado voluntariamente utilizar su plataforma para que se pusieran a la venta productos pirateados, y consecuentemente posibilitó asi un canal de distribución que no es el autorizado por la empresa propietaria de esas marcas.
Es decir, para basar su demanda LV utilizó el argumento que volcaramos en este blog hace ya bastante tiempo atrás. Pero mas relevante aún, el Tribunal de París recogió y reconoció como valedero este pensamiento para condenar al mercado virtual.
Que importante sería que se avance en nuestro país en la reforma de la ley de marcas, y se reconozca la responsabilidad que les cabe a los propietarios de los predios que se utilizan para comercializar productos falsos.


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sábado, 12 de julio de 2008

Nueva Reunión del Foro Aduanero de Lucha contra el Fraude Marcario


Cumplo en informarles que la próxima reunión del "Foro Aduanero de Lucha contra el Fraude Marcario", se realizará el día 24-07-08 a las 16 hs. en Azopardo 350 1º Piso (Salón Auditorio). Cap. Fed... aprovechen para hacer llegar al Ing. Rubèn Otero [ruotero@afip.gov.ar] las propuestas a debatir y tratar con celeridad para que puedan ser incorporadas al orden del dia.
Un abrazo,
RJ

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jueves, 10 de julio de 2008

Piratería: Un fallo que desnuda aciertos y desaciertos


El reciente fallo de la Sala Uno de la Cámara del Crimen porteña, con las firmas de los jueces Jorge Rimondi, Alfredo Barbarosch y Gustavo Bruzzone, revocó el sobreseimiento que había dictado en primera instancia el juez de instrucción subrogante Gabriel Ghirlanda a favor de una persona que se dedicaba a vender discos compactos de música copiados y descargados de internet en Plaza Once... y procesó consecuentemente al vendedor por "haber ofrecido a la venta a los transeúntes diversos discos compactos de música apócrifos.
El argumento del Juez de primera instancia para sobreseer al vendedor, me resulta inaceptable, toda vez que pasa por alto la normativa vigente.
Asi, en efecto, sostiene el Juez de grado que "si bien los CD secuestrados resultan ser apócrifos, no son copias ilícitas, ya que por las características y la calidad de las obras con su accionar (el imputado) no intentaba disfrazar o disimular su autenticidad, sumándose a ello las condiciones en donde los comercializaba (la vía pública)..." y agrega para concluir que "los potenciales compradores tenían pleno conocimiento del producto que adquirían; por lo cual no resulta factible que los potenciales compradores desplacen a los que habitualmente adquieren obras legítimas en los comercios del ramo, sobre todo teniendo en cuenta la diferencia de precios que ofrece éste tipo de material...".
Como pueden observar, para el juez de primera instancia, la ley 11.723 no existe.
No toma en cuenta para nada el derecho tutelado, es decir, el derecho de propiedad de los autores damnificados. Este es el derecho vulnerado.
Por suerte, esta situación no pasó desapercibida esta vez para el Tribunal de Alzada, quién consideró que el vendedor de CD truchos había violado la ley 11.723, de Propiedad Intelectual, y destacó que "la aptitud de tales reproducciones para pasar como un producto legítimo resulta ser un circunstancia ajena a las exigencias típicas de la norma citada".
Lo positivo del fallo que se comenta luego, está a la vista y es lo resuelto por la Cámara del Crimen; lo lamentable, es que el juez inferior no haya podido interpretar debidamente una norma que es por demás clara y suficiente. De todas maneras no es la primera vez que esto sucede. Sugiero leer Falsificación marcaria: reclaman reforma que castigue al consumidor; Responsabilidad del consumidor en el delito de falsificacion marcaria; El comprador a sabiendas de mercaderia falsificada

Pueden ampliar los argumentos en Infobae.com

Un saludo a todos,
RJ

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miércoles, 9 de julio de 2008

Estadisticas de la Dirección General de Aduanas del mes de Junio


Les acerco las estadísticas correspondientes al mes de Junio brindadas en el ámbito del Foro Aduanero de Lucha contra el Fraude Marcario por la Dirección General de Aduanas ... que ilustran acabadamente sobre los productos y marcas falsificadas.

11° FORO ADUANERO DE LUCHA CONTRA EL FRAUDE MARCARIO

1) División Verificación Bs As – División Fraude Marcario
Zona Primaria Aduanera

Cantidad Mercadería Marca Damnificada Valor Producto Genuino U$S
18.240 pares Guantes de Ski Thinsulate 236.000,00.-

2) Dirección Regional Aduanera Córdoba
Zona Secundaria Aduanera
Control en Ruta 34 – Provincia de Tucumán-

Cantidad Mercadería Marca Damnificada Valor Producto Genuino U$S
248 Camperas Guess, Adidas, Niké, Puma, Ferrari, CABJ, CARP, Disney, Barbie, Garfield, Barnie, Bob Esponja, Spiderman, Bugs Bunny, Shell, Marlboro, Honda, Kawasaki, Yamaha, Sparco, Vodafone, Evercool, Optimus


200.000,00.-
353 Equipos Deportivos
500 Toallones
970 Toallas
47 Mantas Polar
63 Acolchados
309 Zapatillas
316 Camisetas
2806

3) Departamento Inspecciones Aduaneras – División Fraude Marcario
Zona Secundaria Aduanera – Galería Recamier Av. Cabildo 2136 C.A.B.A.
Cantidad Mercadería Marca Damnificada Valor Producto Genuino U$S
235 Prendas de Vestir y accesorios de mujer Gucci, Louis Vuitton, Guess, D&G, Adidas, Dior, Fendi, Chanel, Tommy Hilfiger, Versace, Prada, Kenzo, Arman, Puma, Burberry, Diesel
17.000,00-
* El dueño del local procedió a ofrecer bienes a embargo por un importe de $ 80.000.-

4) Dirección Regional Aduanera Córdoba
Zona Secundaria Aduanera –
Ruta 9 - Provincia Córdoba (Tour de Compras )

Cantidad Mercadería Marca Damnificada Valor Producto Genuino U$S
1246 Indumentaria Deportiva - Zapatillas Adidas, Calvin Klein, Fila, Kosiuko, La Martina, Lacaste, Levis, Mistral, Niké, Oakley, Penalti, Puma, Quicksilver, Reebok, Stone, Wrangler, Legacy, 47 Street, Columbia, -entre otros

30.000,00.-

5) Dirección Aduana de Ezeiza

Cantidad Mercadería Marca Damnificada Valor Producto Genuino U$S
652 Relojes Cartier, Rolex, Patek Phillipe, Omega, Tag Heder 3.310.000,00.-

6) Dirección Aduana de Ezeiza

Cantidad Mercadería Marca Damnificada Valor Producto Genuino U$S
814 Carteras, Billeteras, Monederos Louis Vuitton 2.055.000,00.-

7) Dirección Regional Aduanera Salta

Labró 102 (ciento dos) actas de secuestro, con un aforo de $ 720.000

Llevado a cabo en Palpala, Pcia de Jujuy, la mercadería había sido acopiada en ALTOS COMEDEROS (Jujuy) se pudo individualizar más de 27 (veintisiete) minibuses, que abastacen desde ORAN y desde LA QUIACA a dicho centro de ventas y aco


8) Destrucciones

Cajas
Acesorios celulares,
Bluetooth,
guantes thinsulate 17.040 unidades


Como pueden ver, la Aduana continúa siendo el mayor efector en la lucha contra el fraude marcario.

Un fuerte abrazo,

RJ

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miércoles, 2 de julio de 2008

Ratifican que es un delito la violación del correo electrónico


La Sala VII de la Cámara del Crimen acaba de ratificar lo que desde hace tanto tiempo venimos sosteniendo desde este blog, en cuanto a que la violación del correo electrónico constituye una conducta delictiva... equiparable a la violación del correo epistolar tradicional.
La sentencia que se referencia, nos da la razón a la crítica que hicimos en su oportunidad a la sentencia dictada por la juez en lo correccional Dra. Ana Díaz Cano, quién desestimó y mandó a archivar una denuncia porque consideró que la violación de e-mails no era equiparable a la de correspondencia tradicional.
La sentencia de Alzada fue mas allá aún, advirtiendo que no era ni siquiera necesaria la reciente incorporación de esa conducta de manera especifica en el Código Penal, ya que estaba prevista en la legislación anterior. Pueden ampliar la información en INFOBAEprofesional.
Ciertamente que me pone de muy buen humor ver que tras mucho batallar, al final del dia, la razón se impone.
Un muy cordial saludo a todos,
RJ

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