CONCLUSIONES APORTADAS POR LA ULTIMA REUNION DE LA INTERNATIONAL TRADEMARK ASSOCIATION
Aprovechando la reunión que acaba de finalizar en Chicago, Estados Unidos de Norteamérica, de la Internacional Trademark Association, donde confluyeron mas de 8500 especialistas de todas partes del mundo, hemos presentado por ante el Comité de Legislation and Regulation Latin America SC. las modificaciones mas notorias sobre las que se esta trabajando en aras de modificar la actual ley de marcas... Debo adelantar que las ideas que se han propuesto, han llamado la atención primero y tenido muy buena recepción a la hora de ser evaluadas por los colegas de las distintas nacionalidades.
Durante el intercambio de opiniones que se pudo dar al momento del speech para contestar las preguntas de los asistentes en el INTA's Anticounterfeiting Exhibit, pudimos apreciar sin embargo, que estamos demorados con relación a otros países del continente americano en lo que se refiere a dar cumplimiento al art. 61 del Acuerdo ADPIC.
México por caso, ya ha modificado su legislación penal, contemplando en la actualidad un pena que puede llegar hasta los diez años de prisión; Panamá en tanto, esta en pleno proceso de modificación en este mismísimo momento, aumentando también sus penas que hoy prevén un máximo de cuatro años para llevarlas a siete años. Solo por dar un ejemplo.
Sin embargo lo que mas me ha llamado la atención en esta oportunidad, a diferencia de lo que ocurría en años anteriores, es la conciencia que se advierte se esta tomando y la supremacía que va adquiriendo en el resto del mundo, la lucha contra el flagelo de la falsificación marcaria y la piratería en general.
Esta coincidencia fue largamente comentada por los especialistas de otras nacionalidades cuando reflexionando en voz alta, recordaban como hasta hace muy poco, transitaban prácticamente en soledad este arduo camino de lucha y de concientización. Entonces, no acompañaban ni las autoridades, ni los funcionarios judiciales, ni el Ministerio Público, ni los registradores -al decir de un amigo mexicano-, ni muchos de nuestros colegas -algunos hasta nos criticaban- y mucho menos el público consumidor en general.
Prueba de este cambio que se aprecia y se anuncia es lo que se está actuando verbigracia desde las distintas aduanas. Mucho ha llamado la atención en este sentido, y resultó muy comentado y aplaudido, el sistema de alertas que acaba de instrumentar la Aduana Nacional. De esta forma, nuestro país va dando claras muestras de confianza a la hora de plantearse, respetar y cuidar las inversiones.
Lo mismo ocurre con la tarea que se esta desarrollando desde la AFIP. Su director general no pierde oportunidad de señalar que la batalla contra el comercio informal e ilegitimo, y en especial la lucha contra la falsificación marcaria, es una prioridad en la que no va a cejar.
En este orden, los cambios presentados y sobre los que se esta trabajando en el proyecto de modificación a la ley de marcas, recogen y reflejan la experiencia vívida de estos últimos años. Entre ellos se destacan la equiparación de penas para los supuestos de falsificación marcaria y de falsificación de derechos intelectuales. Incluye de manera novedosa, la responsabilidad penal para el comprador de mala fe a escala comercial, como ocurre para ilustrar, con los famosos tours de compras a aquellas ferias donde todos saben se va a adquirir mercadería en infracción. Se tipifica también la conducta de quien resulte ser el titular o quien administre dichos predios o ferias, cuando estos sean facilitados para desarrollar la actividad ilícita a escala comercial.
Otra de las enmiendas que ha llamado mucho la atención entre los colegas de los distintos países, también por lo novedosa, es la incorporación como tipo penal, del uso de una marca registrada de mala fe para constituir un dominio de Internet.
Se presta también especial atención al tema de las sociedades ficticias con la finalidad de correr el velo societario y buscar a los verdaderos responsables del delito. Para esto, se vuelve realmente relevante la participación de la AFIP en el proceso; no ya para investigar un delito tributario, sino para coadyuvar en la investigación del delito marcario.
Cada vez es mas frecuente la interrelación entre las aduanas y los titulares marcarios, como esta ocurriendo entre nosotros a instancias del departamento de fraude marcario recientemente creado. Lo mismo debería ocurrir con la AFIP y el sector privado en el proceso de investigación de los delitos. La bonanza del sistema ya esta dando sobradas muestras de utilidad como se puede apreciar viene ocurriendo en el sector aduanero.
En otro orden, se recepta y plasma la jurisprudencia uniforme, en cuanto a que no habrá prescripción para la acción de nulidad en los casos en que exista mala fe.
Se eleva el plazo de prescripción de todo reclamo por la vía civil a cinco años, excepto para los casos en que se hubiera iniciado una acción penal, en los que comenzará a correr cuando esta se haya efectivamente concluido por cualquiera de las vías autorizadas por la ley. En el caso de la probation, cuando esta sea cumplida.
Por último se autoriza a la Unidad de Información Financiera a investigar en este delito, cuando se presuma pueda estar involucrado un caso de lavado de dinero.
Como apreciará el lector, las modificaciones que se están trabajando ofrecerán por fin a todos aquellos que tienen que ver con la materia en nuestro país, las herramientas necesarias para combatir con mayor eficiencia, un delito que ya no es sorpresa para nadie y que nos alcanza a todos en sus consecuencias. Esperemos que esta vez desde el Senado se tenga mayor suerte.
Finalmente, rescato dos novedades que me refirió un reconocido abogado de Nueva York sobre lo que se esta trabajando en este momento en los Estados Unidos.
Relata el prestigioso colega, que esta prestando mucho mas atención y combatiendo con mucho mas vigor, a los mercados virtuales, que por cierto, surgen por miles y de manera diaria. En rigor, se trata en la mayoría de los casos de simple intermediación, lo que dificulta sobremanera actuar e identificar a los delincuentes. Así por ejemplo, se ofrece on line un determinado producto de marca; en cuanto se recibe la orden de compra, recién se lo sale a adquirir, posiblemente a la vuelta de la esquina, y se lo envía por correo al comprador. Es decir, no existe ni fábrica ni retailer.
En esto mucho tiene que ver la actividad de algunas tarjetas de crédito, que terminan por ser las verdaderas intermediarias. A la postre, las que terminan facilitando la operación ilícita. Para seguir con atención.
Durante el intercambio de opiniones que se pudo dar al momento del speech para contestar las preguntas de los asistentes en el INTA's Anticounterfeiting Exhibit, pudimos apreciar sin embargo, que estamos demorados con relación a otros países del continente americano en lo que se refiere a dar cumplimiento al art. 61 del Acuerdo ADPIC.
México por caso, ya ha modificado su legislación penal, contemplando en la actualidad un pena que puede llegar hasta los diez años de prisión; Panamá en tanto, esta en pleno proceso de modificación en este mismísimo momento, aumentando también sus penas que hoy prevén un máximo de cuatro años para llevarlas a siete años. Solo por dar un ejemplo.
Sin embargo lo que mas me ha llamado la atención en esta oportunidad, a diferencia de lo que ocurría en años anteriores, es la conciencia que se advierte se esta tomando y la supremacía que va adquiriendo en el resto del mundo, la lucha contra el flagelo de la falsificación marcaria y la piratería en general.
Esta coincidencia fue largamente comentada por los especialistas de otras nacionalidades cuando reflexionando en voz alta, recordaban como hasta hace muy poco, transitaban prácticamente en soledad este arduo camino de lucha y de concientización. Entonces, no acompañaban ni las autoridades, ni los funcionarios judiciales, ni el Ministerio Público, ni los registradores -al decir de un amigo mexicano-, ni muchos de nuestros colegas -algunos hasta nos criticaban- y mucho menos el público consumidor en general.
Prueba de este cambio que se aprecia y se anuncia es lo que se está actuando verbigracia desde las distintas aduanas. Mucho ha llamado la atención en este sentido, y resultó muy comentado y aplaudido, el sistema de alertas que acaba de instrumentar la Aduana Nacional. De esta forma, nuestro país va dando claras muestras de confianza a la hora de plantearse, respetar y cuidar las inversiones.
Lo mismo ocurre con la tarea que se esta desarrollando desde la AFIP. Su director general no pierde oportunidad de señalar que la batalla contra el comercio informal e ilegitimo, y en especial la lucha contra la falsificación marcaria, es una prioridad en la que no va a cejar.
En este orden, los cambios presentados y sobre los que se esta trabajando en el proyecto de modificación a la ley de marcas, recogen y reflejan la experiencia vívida de estos últimos años. Entre ellos se destacan la equiparación de penas para los supuestos de falsificación marcaria y de falsificación de derechos intelectuales. Incluye de manera novedosa, la responsabilidad penal para el comprador de mala fe a escala comercial, como ocurre para ilustrar, con los famosos tours de compras a aquellas ferias donde todos saben se va a adquirir mercadería en infracción. Se tipifica también la conducta de quien resulte ser el titular o quien administre dichos predios o ferias, cuando estos sean facilitados para desarrollar la actividad ilícita a escala comercial.
Otra de las enmiendas que ha llamado mucho la atención entre los colegas de los distintos países, también por lo novedosa, es la incorporación como tipo penal, del uso de una marca registrada de mala fe para constituir un dominio de Internet.
Se presta también especial atención al tema de las sociedades ficticias con la finalidad de correr el velo societario y buscar a los verdaderos responsables del delito. Para esto, se vuelve realmente relevante la participación de la AFIP en el proceso; no ya para investigar un delito tributario, sino para coadyuvar en la investigación del delito marcario.
Cada vez es mas frecuente la interrelación entre las aduanas y los titulares marcarios, como esta ocurriendo entre nosotros a instancias del departamento de fraude marcario recientemente creado. Lo mismo debería ocurrir con la AFIP y el sector privado en el proceso de investigación de los delitos. La bonanza del sistema ya esta dando sobradas muestras de utilidad como se puede apreciar viene ocurriendo en el sector aduanero.
En otro orden, se recepta y plasma la jurisprudencia uniforme, en cuanto a que no habrá prescripción para la acción de nulidad en los casos en que exista mala fe.
Se eleva el plazo de prescripción de todo reclamo por la vía civil a cinco años, excepto para los casos en que se hubiera iniciado una acción penal, en los que comenzará a correr cuando esta se haya efectivamente concluido por cualquiera de las vías autorizadas por la ley. En el caso de la probation, cuando esta sea cumplida.
Por último se autoriza a la Unidad de Información Financiera a investigar en este delito, cuando se presuma pueda estar involucrado un caso de lavado de dinero.
Como apreciará el lector, las modificaciones que se están trabajando ofrecerán por fin a todos aquellos que tienen que ver con la materia en nuestro país, las herramientas necesarias para combatir con mayor eficiencia, un delito que ya no es sorpresa para nadie y que nos alcanza a todos en sus consecuencias. Esperemos que esta vez desde el Senado se tenga mayor suerte.
Finalmente, rescato dos novedades que me refirió un reconocido abogado de Nueva York sobre lo que se esta trabajando en este momento en los Estados Unidos.
Relata el prestigioso colega, que esta prestando mucho mas atención y combatiendo con mucho mas vigor, a los mercados virtuales, que por cierto, surgen por miles y de manera diaria. En rigor, se trata en la mayoría de los casos de simple intermediación, lo que dificulta sobremanera actuar e identificar a los delincuentes. Así por ejemplo, se ofrece on line un determinado producto de marca; en cuanto se recibe la orden de compra, recién se lo sale a adquirir, posiblemente a la vuelta de la esquina, y se lo envía por correo al comprador. Es decir, no existe ni fábrica ni retailer.
En esto mucho tiene que ver la actividad de algunas tarjetas de crédito, que terminan por ser las verdaderas intermediarias. A la postre, las que terminan facilitando la operación ilícita. Para seguir con atención.
1 comentario:
Dicha reuniòn constituye para la America Latina un Compromiso de radical Importancia puès cuidar y proteger los signos distintivos dentro del comercio,es cuidar y proteger el comercio mismo mucho màs ahora que la tendencia mundial es actuar en Bloques,es un reto que la America Latina debe asumir pues la Globalizaciòn ya es un hecho y si bien es cierto que esta trae beneficios, tambièn trae complicaciones Jurìdicas puès los Delincuentes tambièn acceden al Mercado Global y podran ser controlados si y sòlo sì hay una adecuada coordinaciòn Internacional que adecue nuestros ordenamientos Jurìdicos en aras de lograr la protecciòn misma de los objeto de comercio que fluyen y que fluiran aùn con mayor fuerza en los pròximos años,felicitaciones excelente trabajo.
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