lunes, 8 de octubre de 2007

Desgraciadamente la Falsificación Marcaria continúa siendo un delito de menor cuantía

Una noticia que presenta hoy Infobaeprofesional.com con relación a un fallo de la sala I de la Cámara Federal Penal de la Capital Federal, nos vuelve a sembrar desazón a la hora de pretender que se castigue y se tome el delito de falsificación de marcas... como un delito con la gravedad que encierra. Asi pues, según comenta la nota a la que refiero, los Jueces Eduardo Freiler, Gabriel Cavallo y Eduardo Farah, sobreseyeron al titular de un comercio situado en el barrio porteño de Constitución, donde el 18 de enero de 2006 policías de la Comisaría 16 detectaron la venta de ropa deportiva con marcas como "Adidas" y "Puma" falsificadas. Pese a reconocer la existencia del delito, los jueces sobreseyeron al comerciante. Esto por cuanto, según el criterio de la Cámara, los policías habrían "provocado" el delito.
Naturalmente, no puedo menos que disentir con este criterio. Comenzemos por señalar que cuando el juez de primera instancia ordena realizar tareas de inteligencia, lo hace en función de una denuncia que en dicho comercio se estaría comercializando mercadería en infracción. Por ello ordena a la policía, que investigue y constate. En esa tarea, la policía no solo constata sino que además adquiere una prenda para dar mayor certeza.
Pero por supuesto que adquiere lo que en el comercio se le "ofrece a la venta".
"Compra" productos en infracción que ese comercio tiene a la "venta".
Luego, a que "provocación" remite la Cámara?
Evidentemente, se fuerzan argumentos para concluir por despenalizar totalmente un delito ya seriamente desvirtuado a la fecha.
Donde quedó el art. 31 de la ley 22.362, cuando dispone que:
Será reprimido con prisión de tres (3) meses a dos (2) años pudiendo aplicarse además una multa de un millón trescientos sesenta y ocho mil australes (A1.368.000) a doscientos seis millones ciento ochenta y nueve mil australes (A206.189.000) (Montos según Resolución Sub. I y C 198/90. Según ley 23.928 ascienden a $136,80 y $ 20.618, 90):...

b) el que use una marca registrada o una designación falsificada, fraudulentamente emitida o perteneciente a un tercero sin su autorización;

c) el que ponga en venta o venda una marca registrada o una designación falsificada, fraudulentamente imitada o perteneciente a un tercero sin su autorización;

d) el que ponga en venta, venda o de otra manera comercialice productos o servicios con marca registrada falsificada o fraudulentamente imitada.


Si la Cámara ha tenido por probada la existencia del delito, debió resolver en consecuencia aplicando la legislación vigente, y por ende castigando al que puso en venta o vendió productos con marca registrada falsificada.
Desgraciadamente, vemos que ello no ocurrió, y hoy estamos asistiendo a un nuevo fallo que desnaturaliza una vez mas la existencia del delito de falsificación marcaria en nuestro país.
Lo paradójico de la resolución, es que los jueces dicen advertir "el legítimo interés de la sociedad en la represión estatal ..."
Otra vez será; mientras tanto sigamos poniendo las mejillas...

1 comentario:

Anónimo dijo...

A algunos jueces se los puede convertir en buenos administradores de justicia. Bastarà tan solo para ello con introducirles alguna idea en la cabeza...
Finalmente, la policìa, al perseguir a los delincuentes comete un delito. Lo provoca. Y los delincuentes al delinquir se tranforman en personas de bien.
No imagino que pensarà el policìa que adquiriò el producto falsificado para con dicha adquisiciòn acreditar, por orden de un juez, la autorìa del delito cometido por el falsificador en la venta de productos falsificados.
Espero sinceramente que a dicho policía no lo envìen encubierto a realizar tareas de inteligencia a un vendedor de drogas. Porque a la luz de los hechos, el policìa va a volver y, obviamente, va a decir que el supuesto narcotraficante es un hombre de bien, un filàntropo que la sociedad no ha descubierto aùn.
De lo contrario, en caso de comprar drogas al narcotraficante para atraparlo en el mismo momento en que se realiza la transacciòn, es muy probable, a la luz del fallo de la sala I que el policìa termine detenido por provocar la venta de los narcòticos y hacer que el narcotraficante haga lo que siempre hizo. Envenar y matar indiscriminadamente.
Hay que tener cuidado Roberto. Nos pueden calificar de provocadores por el hecho de querer hacer cumplir la ley en relaciòn a los bienes y derechos de nuestros clientes.
La lògica de la Càmara es impecable: Quien persigue a un falsificador es un provocador. De tal modo, nosotros provocamos la falsificaciòn. Siendo asì, el problema de la falsificaciòn radica en que no se combate a los profesionales como nosotros...Si nos combatieran a nosotros, la falsificaciòn cesarìa automàticamente.
Que verguenza. Pensar que alguna vez, por mucho menos que por esto, un juez habrìa renunciado, por honor, a su cargo.
Un abrazo a todos los amigos del blog.