martes, 10 de julio de 2007

Ahora la Corte resolverá

Llegó el turno de la Corte para resolver en esta contienda sobre si violar un correo electrónico es o no es delito... Con fecha 29 de Junio del corriente año, el Presidente de la Cámara del Crimen, Dr. Mario Filosof elevó un oficio al mas alto Tribunal, para que tome intervención en la materia y fije aunque mas no sea en esta oportunidad para el caso concreto del fallo dictado por la Juez Diaz Cano, su criterio al respecto. De la documentación que se acompañó con el oficio, refiriendome a los casos jurisprudenciales adjuntados y citados, pareciera surgir que el criterio de la Cámara es que efectivamente, la violación de e-mails constituye delito. Sin embargo, va a resultar útil hasta tanto se cuente con una normativa especial y especifica, que el máximo Tribunal del país fije su doctrina en la materia. Una vez mas se pone de relieve, que el único poder del Estado que sigue sin dar muestras de preocupación respecto de estas nuevas temáticas, es justamente, el que tendría que legislar. Seguimos esperando. Ver más en http://robertoporcel.blogspot.com/2007/06/la-violacin-de-los-e-mails-en-la.html y en http://robertoporcel.blogspot.com/2007/06/violacin-de-correo-electrnico-y-el-caso.html y en http://www.aduananews.com/principal.htm

4 comentarios:

Escritorio Jurìdico Andrea & De Leòn dijo...

Saludos a todos los amigos del Blog y en especial a los Drs: Roberto Porcel y Enrique Lisandro Cabo,esperamos todos aqui con bastante emocion el Criterio del Maximo Tribunal Argentino en relacion a los Delitos Informaticos(Violacion de los E-mails) pues de algo podemos dar fe y es el hecho de que con bastante precision y antelacion en este Blog se plantearon y se analizaron todas las Posiciones que a nivel Doctrinal se vienen discutiendo en esa Jurisdiccion, tanto que inclusive se analizaron dos Sentencias Abiertamente contradictorias,desde un primer momento en que abrieron el foro a discusion consideramos que se trataba de un tema muy importante dada la relevancia de lo Cibernetico en la vida cotidiana de hoy en dia, esperamos pues que apenas se produzca la Sentencia la Publiquen a la mayor brevedad posible porque no en vano merecen la Primicia. Exito!!!

Cordiales, Saludos !!!

Dr: Gilberto Antonio Andrea Gonzalez
ABOGADO-U.C.A.B.

Anónimo dijo...

Considero problemático, ya como primer punto, que esté en discusión un asunto que presenta una obviedad. Existe una diferencia de medios (el papel de la misiva y el mensaje “virtual”, intangible), pero lo esencial es lo siguiente; estamos en presencia de una tautología de fines, es decir, lo que se altera aquí es el medio, pero se persigue la misma finalidad, vale decir, se obra en virtud de alcanzar el mismo resultado que violando una epístola, en la forma tradicional en la qué se la conoce.
Es de suma importancia resaltar que el Derecho debe tener una recta adecuación con la Sociedad, ya qué la misma presenta una nota de mutabilidad (contradiciendo lo enunciado por Parménides de Elea) y si un cuerpo normativo no se actualiza, se vicia, resultando obsoleto. El Derecho, en consecuencia, no puede no ser dinámico, debe adaptarse a los cambios tecnológicos, como resultó ser (causando, dicho sea de paso, una revolución sin precedentes en el mundo de las comunicaciones) el e-mail, lógicamente, no previsto hace 10 años atrás. De mas está decir que sería, todavía, más incoherente remontarnos a 1886, año en que fue sancionado el Código Penal.
No puede exigirse previsibilidad, ya que si nos situamos en la fecha mencionada, encontraremos que el teléfono estaba dando su primeros pasos, casi a nivel experimental, razón por la cual, resultaba de lo más fantasioso (digno de una ficción de Julio Verne) remitirse a un ordenador que enviara electrónicamente información, lógicamente, confidencial. No obstante, lo que si debe existir es un ajuste de la norma a la necesidad que demanda la Sociedad. Se debe actuar con perspicacia, ya qué el cambio es constante y un retraso puede provocar desórdenes de diversa naturaleza. De hecho, aplicando un ejemplo cotidiano, la gran mayoría de las empresas utiliza asiduamente como medio el e-mail, en tiempos en donde un segundo parece valer más que una ración de agua en medio del Sahara.
El no considerar a la violación del e-mail como un delito, traería una inseguridad jurídica de grandes proporciones, sin mencionar los perjuicios para las corporaciones (véase, espionaje), realidad de la cual tampoco resultarían exentos los particulares; ergo, comprende ésta una oportunidad para elaborar una transformación y emprender una vía hacia un Derecho moderno y eficaz, o bien para seguir sumergiéndonos en lo habitual, que no necesita de un adjetivo, el cual resulta obvio.

Roberto Porcel dijo...

Damiàn, da gusto ver estudiantes que utilicen la cabeza por encima de lo que leen, se les dice o se les informa.
Lo primordial en un abogado,-cualidad que ciertamente no es comùn-, es que sean criteriosos. Pues el derecho, es ni mas ni menos que eso, es decir, criterio puro para resolver controversias de un modo justo y adecuado. O cuanto menos debiera serlo.
Tu razonamiento es perfecto.
Te felicito.
Seguì pensando y analizando los temas conforme te guìe el sentido comùn, y seguramete no te equivocaràs.
Un kuy cordial saludo.

Anónimo dijo...

Como me inquieta este tema. Realmente me inquieta.
Imaginemos un escenario en el cual la Suprema Corte declare que la violación de e-mail, en realidad no constituye delito. Imaginemos las connotaciones primarias y secundarias de un fallo del mas alto Tribunal que sostuviera hoy algo así.
Imaginemos empleados y empleadores leyendo mails propios y ajenos dentro de las empresas. Mails enviados de unas áreas sensibles a otras con información vital en los mismos, desparramándose como el agua desbordada. Imaginemos empleados públicos entrando en mails ajenos dentro de la propia administración y sacando información, confidencial o no tanto, de las casillas de mail de Secretarios de Estado, Gerentes generales, departamentos de legales, etc.
Imaginemos personal de embajadas entrando en mails ajenos y sacando información de los mismos para ser entregada a quien sea y por lo que fuera. Imaginemos a cualquiera en la Corte Suprema entrando en los mails de cualquiera o de todos sus ministros.
Imaginemos un sistema de espionaje, pero generalizado y legitimado en donde unos les leen a otros toda la información privada, o institucional o corporativa o estrategica.
No quiero imaginarme mas. El tema me inquieta demasiado. No concibo, no puedo concebir, que la Corte Suprema de Justicia de la Nación pueda sacar un fallo en el cual excluya como delito la violación del e-mail.
Si esto ocurre, a mi juicio, la propia Corte haría entrar al país, en este tema, en un asoluto caos legal.
Espero sinceramente que el Máximo Tribunal no supla la realidad contemporánea con ficciones anticuadas.
Un abrazo a todos los amigos del blog