miércoles, 4 de junio de 2008

Piratería: se impone una reforma a la ley de marcas en materia penal


Recomiendo la lectura de un trabajo de investigación realizado por Daniela San Giovanni para Infobaeprofesional, en el que se pone de manifiesto la necesidad de reformar la ley marcaria en materia penal, para dar cumplimiento a lo comprometido en el Acuerdo TRIPs, art. 61... y de esta suerte, generar un proceso penal que contemple penas que disuadan en la comisión del delito marcario y que sean equivalentes a la de otros delitos de la misma entidad, como ser la falsificación de los derechos intelectuales o la falsificación de patentes.
Sugiero que lean con atención lo que manifiesta la Dra. Garsco al contestar la pregunta de la periodista,ya que su respuesta evidencia que los especialistas, en general, estan entrenados para el procso civil y no para el penal, pese a estar frente a un delito y de la gravedad como el que nos ocupa.
A continuación, la nota:

Falsificación marcaria: proliferan las ferias y no hay sanciones penales

En los últimos años en distintas partes del país, principalmente en el conurbano y la Capital Federal, han proliferado ferias -se las conoce popularmente por el nombre de paseos de compras ó Saladitas- donde se puede comprar desde ropa hasta electrodomésticos, en su mayoría de marcas falsificadas.

Muchos de los puesteros se abastecen de mercadería en La Salada, que fue definida por la Unión Europea (UE) como la feria más grande de Latinoamérica y el "emblema mundial del comercio y la producción de bienes ilegales".


Este organismo calculó que el año pasado esta megaferia movilizó, sólo en textiles, unos u$s9 millones por semana y que unas 20.000 personas compran cada vez que se pone en marcha.


El problema es serio, a punto tal que su corrección implicaría el ingreso al mercado formal de millones de consumidores.


Así, Stefan Krause, presidente de Jumbo retail dijo que uno de los problemas que preocupa al mercado es la informalidad que se registra en las ferias ilegales: "Si esto fuera corregido, implicaría la suma de diez millones de nuevos consumidores", comentó.


El esquema legal
Ante este contexto de apropiación ilegítima de marcas, los fabricantes titulares de las mismas enfatizan que el marco legal brinda pocas herramientas para poder paliar esta situación.


Las empresas y quienes las asesoran reclaman una actitud activa del Estado en la lucha contra la piratería, más aún cuando la falsificación marcaria es un delito de acción pública.


Expertos consultados por infobaeprofesional.com indicaron que las penas que establece la ley por estos delitos no son suficientes y que en la mayoría de los casos las acciones penales iniciadas no logran desbaratar las grandes organizaciones que hay detrás de este comercio ilegal.


Sucede que la ley de marcas (22.362) aplica una pena de tres meses a dos años de prisión, pero al prescribir las acciones a los dos años, el plazo hace casi imposible transitar un proceso judicial sin que la acción se extinga.






En ese sentido, Guillermo Alcaráz, director de marcas del estudio Clarke, Modet & CO, dijo que se si bien existe legislación, ésta necesitaría actualizarse, como ya lo han hecho otros países, porque las herramientas con las que cuenta la Argentina son débiles. "Las penas deberían endurecerse", explicó el abogado.


El letrado dijo que deberían tomarse medidas en las fronteras, para saber qué es lo que ingresa o sale del país. "Lo importante es encontrar la punta del ovillo, el lugar donde se fabrica y no sólo atacar a los intermediarios", agregó.


Demoras en el proceso penal
En la misma línea, Roberto Porcel, socio de Porcel & Cabo Abogados, dijo que así como proliferan las ferias lo hace el delito, porque no hay sanción penal.

"No se adecuó la legislación. Lo que ocurrió es que al momento sanción de la ley de Marcas, en la década del 80, no se pensó que el delito marcario se iba a incrementar tanto", destacó el especialista.


Así es como en la actualidad se lo considera el tercer delito en importancia a nivel mundial, detrás del narcotráfico y la compraventa ilegal de armas.


Porcel explicó que si un imputado se presenta espontáneamente en la causa y se reconoce como autor del delito, puede proponer alguna diligencia probatoria y "seguro saldrá indemne del proceso".


Así, un delincuente que tiene montada una industria para la falsificación de marcas puede presentarse a la Justicia, paga el mínimo de multa y si ofrece una labor comunitaria puede obtener como resultado la extinción de la acción penal, explicó el abogado.


Se puede platear incluso una cuestión de competencia entre los jueces que intervienen en la causa, situación que se da por lo general cuando se involucra en la investigación la fábrica de los productos apócrifos y su cadena de distribución.


"Todo permite dilatar el proceso, con la consecuente caída de la acción judicial", advirtió Porcel.

Qué hacen las empresas
Frente a esta situación Sergio Vargas, titular del estudio Vargas & Carli Abogados, dijo que las compañías no se quedan de "brazos cruzados" e implementan diferentes medidas para que estos delitos disminuyan.

Entre ellas realizan campañas de concientización y educación a los consumidores para que reconozcan que detrás de una prenda "trucha" se esconden varias transgresiones, como evasión impositiva, trabajo esclavo, contrabando y lavado de dinero.

Además fomentan programas de entrenamiento entre las fuerzas de seguridad y el poder judicial para interactuar y de esta forma intercambiar información y poder en conjunto investigar esta problemática como crimen organizado.

Qué es la infracción marcaria
Marisa Alejandra Garsco, de Brons & Salas Abogados, explicó que la infracción marcaria ocurre cuando se reproduce una marca registrada o se la imita con mayor o menor grado de acercamiento, sobre un producto o servicio, por quién no es titular de los derechos de propiedad sobre esa marca o no es un tercero autorizado por aquel, para tales actos.

Para combatir el uso no autorizado, los titulares de marcas solicitan ante la justicia medidas urgentes, demostrando su derecho, acompañando el titulo de marca y acreditando la infracción que pretenden atacar.

Estas medidas pueden consistir desde el inventario de la mercadería en infracción, la suspensión de la explotación, hasta el secuestro y embargo de su totalidad, y son ordenadas "inaudita parte" (sin dar traslado previo al presunto infractor), explicó Garsco.

Cambio cultural
Un reciente informe de la consultora Ipsos-Mora y Araujo a pedido de la Cámara de Comercio de Estados Unidos (Amcham, según sus siglas en inglés) revela que el 82% de los argentinos reconoce que comprar productos falsos es delito, pero el 58% está dispuesto a comprar falsificaciones que cuesten la mitad o menos que el artículo original.

El trabajo dio cuenta a su vez que el 45% de la gente de ingresos altos (el sector económico ABC1) prefiere este tipo de reproducciones, mientras que en el sector medio las eligen un 54% y entre las personas de bajos recursos lo hace un 62%. (Ver nota: "Si cuesta menos, 6 de cada 10 argentinos compra piratería").

Entre los artículos piratas que lideran el ránking de aceptación de los consumidores figuran en primeros lugares los CD de música o software, ropa, DVD y zapatillas.

Como se advierte, el problema lejos de disminuir, aumenta -agrega Porcel- ésto se debe a fallas en la educación y concientización de los mas jóvenes quienes están educándose en una cultura altamente peligrosa en este sentido.

Alcáraz cree necesario un cambio cultural porque admite que en Latinoamérica no hay conciencia del valor de una marca y de las infracciones que se cometen con la piratería.


Daniela San Giovanni
©infobaeprofesional.com


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