Uso de marca no autorizada en Restautant
Dispuso la Justicia Federal en lo Civil y Comercial hacer lugar esta semana que pasó a una medida precautoria en la que se solicitaba el cese de uso de una marca debidamente registrada y el embargo de todos los objetos en los que se encontrara la marca en cuestión. Lo curioso del caso, es que la medida precautoria recayó sobre un reconocido establecimiento de comidas ubicado en el prestigioso corredor de Puerto Madero, donde este restaurant giraba con dicha marca desde hace mucho tiempo y a estar por la medida precautoria decretada sin la debida autorización de los dueños de la marca para su debida utilización...
De esta forma, la Justicia Federal en lo Civil y Comercial tomó intervención para resguardar el derecho del propietario de la marca y evitar al mismo tiempo que se defraudara al publico consumidor, quién concurría al lugar en la creencia que lo estaba haciendo en rigor a un lugar diferente del real.
Al parecer, el restaurant objeto de la medida cautelar se estaría beneficiando a expensas del uso de una reconocida marca ajena perteneciente a una cadena prestigiosa de restaurants; no solo comercializaba y explotaba el lugar con la marca ajena, sino que vendía objetos y productos con la referida marca, como si fuera propia.
Incluso, muchos de dichos objetos eran directamente confeccionados por la propia empresa accionada, por lo que no pudo dar cumplimiento a lo dispuesto por el art. 39 de la ley de marcas.
Hasta aqui, una situación mas de las muchas que se transitan en nuestro país alrededor de la violación a la ley de marcas.
Sin embargo, el dato relevante a señalar, no es ni la infracción marcaria ni la decisión del Tribunal interviniente. Por el contrario, lo que quiero poner de manifiesto es la actitud de la Justicia Federal en lo Penal que deshechó con anterioridad a esta diligencia la denuncia oportunamente efectuada por los titulares de la marca, de la que ahora se ocupó la Justicia en lo Civil y Comercial Federal.
El argumento de la Justicia Penal para desentenderse de la denuncia fue sencillamente que se trataba de una cuestión comercial, haciendo caso omiso de toda la legislación vigente al respecto. Por suerte, la Justicia Civil puso las cosas en su lugar.
De todas formas, ello no obsta a que siga sorprendiendome el poco respeto y la falta de consideración total que la justicia penal continúa demostrando dia a dia, por la violación a la ley de marcas y al derecho de propiedad a su respecto.
Una verdadera lástima.
RJ
De esta forma, la Justicia Federal en lo Civil y Comercial tomó intervención para resguardar el derecho del propietario de la marca y evitar al mismo tiempo que se defraudara al publico consumidor, quién concurría al lugar en la creencia que lo estaba haciendo en rigor a un lugar diferente del real.
Al parecer, el restaurant objeto de la medida cautelar se estaría beneficiando a expensas del uso de una reconocida marca ajena perteneciente a una cadena prestigiosa de restaurants; no solo comercializaba y explotaba el lugar con la marca ajena, sino que vendía objetos y productos con la referida marca, como si fuera propia.
Incluso, muchos de dichos objetos eran directamente confeccionados por la propia empresa accionada, por lo que no pudo dar cumplimiento a lo dispuesto por el art. 39 de la ley de marcas.
Hasta aqui, una situación mas de las muchas que se transitan en nuestro país alrededor de la violación a la ley de marcas.
Sin embargo, el dato relevante a señalar, no es ni la infracción marcaria ni la decisión del Tribunal interviniente. Por el contrario, lo que quiero poner de manifiesto es la actitud de la Justicia Federal en lo Penal que deshechó con anterioridad a esta diligencia la denuncia oportunamente efectuada por los titulares de la marca, de la que ahora se ocupó la Justicia en lo Civil y Comercial Federal.
El argumento de la Justicia Penal para desentenderse de la denuncia fue sencillamente que se trataba de una cuestión comercial, haciendo caso omiso de toda la legislación vigente al respecto. Por suerte, la Justicia Civil puso las cosas en su lugar.
De todas formas, ello no obsta a que siga sorprendiendome el poco respeto y la falta de consideración total que la justicia penal continúa demostrando dia a dia, por la violación a la ley de marcas y al derecho de propiedad a su respecto.
Una verdadera lástima.
RJ
1 comentario:
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Dra: Emilia De Leòn Alonso de Andrea
ABOGADO-U.C.A.B.
Dr: Gilberto Antonio Andrea Gonzàlez
ABOGADO-U.C.A.B.
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