Avances y retrocesos en la falsificción de marcas
Recuerdo hace un año haber reclamado en Aduananews la reforma del Código Penal para incorporar como delito la falsificación de medicamentos. Exactamente con fecha 2 de Diciembre de 2008, y bajo el título "¿Es delito la falsificación de medicamentos?" recordaba que nuestra legislación no tipificaba como delito propiamente dicho la falsificación de medicamentos. Decía al respecto, que aunque sorprendiera esa afirmación, lo cierto es que la falsificación de medicamentos no estaba contemplada en nuestro Código de Fondo en materia penal...
Un año después, tanta prédica parece que finalmente dió sus frutos; muy recientemente , se promulgó la ley 26.524 que modifica los arts. 200 y ss. del Código Penal, incorporando de esta manera a la falsificación de medicamentos como un nuevo tipo penal. Al respecto, pueden remitirse al artículo también publicado en Aduananews pero de fecha reciente, del 1 de Diciembre de 2009, titulado "Falsificación de medicamentos: su combate (Ley 26.524) y trips comercio exterior (Ley 24.425)" en el que se desarrolla el tópico.
Se reformó también el art. 1 la ley de farmacias Nº 17565, que establece que a partir de ahora, “la preparación de recetas, la dispensa de drogas, medicamentos, incluidos los denominados de venta libre y de especialidades farmacéuticas, cualquiera sea su condición de expendio, sólo podrán ser efectuadas en todo el territorio de la Nación, en farmacias habilitadas". Otro paso adelante en la lucha contra la falsificación de medicamentos. Finalmente, se está trabajando también para formalizar la exigencia de trazabilidad en toda la cadena de medicamentos.
En pocas palabras, se dió un significativo avance en lo que tiene que ver con la falsificación de medicamentos.
También hemos sido testigos de los avances que se han dado en la lucha contra la violación a la ley 11.723. Entidades profesionales, gremios, todos se han puesto de acuerdo para dar un combate organizado contra este flagelo que amenaza a una industria toda.
Lo que lamentablemente no ha experimentado avance ninguno, es lo que tiene que ver con la falsificación marcaria propiamente dicha. El legislador se niega a darle la entidad que este delito reclama, y por tanto, continúa sin una sanción seria que desaliente en su comisión como estipula el Acuerdo ADPIC al que nuestro país adhirió. Para peor, distintos fallos judiciales han deslindado la responsabilidad de sujetos que habrían incurrido en el delito basados en que las copias por su calidad no inducían a error al publico consumidor. Y hasta hemos escuchado de boca de algún legislador la defensa de la actividad en aras de justificar el comercio informal que se desarrolla en muchas de las ferias que habitan el conurbano bonaerense.
En síntesis, celebro y apoyo lo actuado en torno a la falsificación de medicamentos asi como lamento que no se tome todavía debida nota de la gravedad que encierra la falsificación de marcas.
Un año después, tanta prédica parece que finalmente dió sus frutos; muy recientemente , se promulgó la ley 26.524 que modifica los arts. 200 y ss. del Código Penal, incorporando de esta manera a la falsificación de medicamentos como un nuevo tipo penal. Al respecto, pueden remitirse al artículo también publicado en Aduananews pero de fecha reciente, del 1 de Diciembre de 2009, titulado "Falsificación de medicamentos: su combate (Ley 26.524) y trips comercio exterior (Ley 24.425)" en el que se desarrolla el tópico.
Se reformó también el art. 1 la ley de farmacias Nº 17565, que establece que a partir de ahora, “la preparación de recetas, la dispensa de drogas, medicamentos, incluidos los denominados de venta libre y de especialidades farmacéuticas, cualquiera sea su condición de expendio, sólo podrán ser efectuadas en todo el territorio de la Nación, en farmacias habilitadas". Otro paso adelante en la lucha contra la falsificación de medicamentos. Finalmente, se está trabajando también para formalizar la exigencia de trazabilidad en toda la cadena de medicamentos.
En pocas palabras, se dió un significativo avance en lo que tiene que ver con la falsificación de medicamentos.
También hemos sido testigos de los avances que se han dado en la lucha contra la violación a la ley 11.723. Entidades profesionales, gremios, todos se han puesto de acuerdo para dar un combate organizado contra este flagelo que amenaza a una industria toda.
Lo que lamentablemente no ha experimentado avance ninguno, es lo que tiene que ver con la falsificación marcaria propiamente dicha. El legislador se niega a darle la entidad que este delito reclama, y por tanto, continúa sin una sanción seria que desaliente en su comisión como estipula el Acuerdo ADPIC al que nuestro país adhirió. Para peor, distintos fallos judiciales han deslindado la responsabilidad de sujetos que habrían incurrido en el delito basados en que las copias por su calidad no inducían a error al publico consumidor. Y hasta hemos escuchado de boca de algún legislador la defensa de la actividad en aras de justificar el comercio informal que se desarrolla en muchas de las ferias que habitan el conurbano bonaerense.
En síntesis, celebro y apoyo lo actuado en torno a la falsificación de medicamentos asi como lamento que no se tome todavía debida nota de la gravedad que encierra la falsificación de marcas.
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