sábado, 9 de agosto de 2008

Falsificación de medicamentos o medicamentos truchos


En una nota reciente aparecida en Infobae se hacía referencia a que el 10% de los medicamentos en la República Argentina son truchos.Si revisamos para atrás, también vamos a encontrar otras noticias como por ejemplo la del diario Clarin ... donde se habla de medicamentos truchos sin distinguir si se trata de medicamentos falsos o medicamentos adulterados.
Permítanme que insista en el distingo entre uno y otro tipo penal, pues no es lo mismo un medicamento falso que uno adulterado.
En el primer caso, -por cierto el mas frecuente-, regulado por la ley de marcas, como todos ustedes ya saben, no existe sanción penal para quién falsifica un medicamento. Dicho de manera mas precisa, no existe pena para quién comercializa medicamentos con marca falsificada.
Por el contrario, para el supuesto de medicamentos adulterados o envenenados, el código penal establece una pena que va de los 3 años a los 10 años; y si de dicho delito se siguiera la muerte, la pena se aumenta de 10 a 25 años.
A esta altura, me parece de suma importancia que se presenten los hechos con una mayor precisión, pues hablar de medicamentos truchos no es lo mismo según se trate de un caso u otro; y lo mas lamentable de todo esto, es que lo que sucede con mayor frecuencia, no es el delito que contempla el código penal en su art. 200, sino la falsificación de medicamentos que prevé la ley de marcas. Luego, un delito de tamaña gravedad continúa sin preveer penas de verdad, que disuadan en su comisión por un lado, como comprometimos en el Acuerdo ADPIC, y que castiguen con verdadero rigor a quién incurre en el delito por el otro.
Como siempre digo y no me canso de pregonar, la falsificación de marcas es un delito sumamente peligroso que está dirigido por peligrosas organizaciones criminales. Manejan cifras millonarias, tanto para forjar su comisión como en la rentabilidad que logran, lo que lo vuelve uno de los delitos mas rentables del mundo; con la particularidad que en nuestro país, continúa sin que se le de la importancia que reviste y sin que se lo regule consecuentemente en debida forma; razón por la cual no se lo castiga.
Preveemos y establecemos penas importantísimas para delitos que no ocurren, y no castigamos al que verdaderamente sucede. Señores legisladores, una vez mas, adviertan la gravedad que encierra el fraude marcario y legíslenlo en consecuencia. Modifiquen la ley de marcas en su aspecto penal y persigamos de verdad y de una vez por todas a estas organizaciones criminales que tanto daño le causan a la salud de nuestra población.

1 comentario:

Anónimo dijo...

Roberto:
Está absolutamente claro que el real problema en la Argentina es el de los medicamentos falsificados, ya que la adulteración es una cuestión que, no por poco importante, pasa a ser menor al lado del volumen de la falsificación.
Yo recuerdo los comentarios efectuados hace ya unos meses en un Congreso realizado en Argentina por la Global Manager Anticounterfiting de uno de los grandes laboratorios mundiales,que nos decía el gravísimo problema de falsificación que tenían en el pais con sus productos y que no tenían modo de combatirlo efectivamente mediante la ley 22.362 en su parte penal.
Sin embargo, luego ya de varios años de bregar nosotros por la modificación de la 22362, ni dueños de marcas en general, ni legisladores, ni la mayoría de los agentes marcarios realizan acciones tendientes para que ello ocurra. Se habla del tema en congresos, se escandalizan con las cifras de la falsificación, se critican proyectos le ley presentados, pero a la hora de los hechos en su mayoría nadie hace nada.
Habrá que seguir, no obstante, luchando casi en soledad, para que finalmente se establezcan penas acordes para que la falsficación pueda ser perseguida con una herramienta eficaz acorde a los paises que la combaten verdaderamente y a los tiempos que corren.
Algo esta claro. No vamos a ser nosotros los que nos vamos a dar por vencidos.
Un abrazo a todos los amigos del blog.
Dr. Enrique Lisandro Cabo.