jueves, 28 de noviembre de 2013

Una buena para TARINGA

Tres de los principales denunciantes en la causa contra Taringa! decidieron abandonar la querella, manifestando su desinterés por continuar con la denuncia efectuada. Asi pues, Edgardo Donna, quién inició las actuaciones en 2009, Mosset Iturraspe y Ferrer abandonaron la causa; cierto es que los otros querellantes seguirán adelante con las acciones iniciadas. Sin embargo, la deserción de tres de los querellantes no es menor. Marca toda una tendencia, sobre todo a partir de la conducta de los propios denunciantes, en el sentido de mostrar y manifestar su desinterés por continuar con la denuncia efectuada... Para Hernán Botbol, uno de los fundadores de Taringa!, el cambio de postura de quienes iniciaron la demanda en 2009 "tiene que ver con un mayor conocimiento que tiene la sociedad de cómo funciona Internet. Se dieron cuenta que el diálogo y las herramientas de denuncia que implementamos en el sitio son un canal mucho más eficiente para supervisar qué se pone en línea". Como sea, celebro el cambio de postura, pues los responsables de Taringa! hace rato que han dado muestras de estar actuando de buena fe y sin ánimo de perjudicar a los autores. De hecho, en marzo pasado, los administradores de Taringa! habían llegado a un acuerdo con los representantes de la Cámara del Libro para controlar y denunciar el intercambio ilegal de libros en su plataforma digital. Para ampliar en la noticia, visitar La Nación.
RJ

Leer Mas

miércoles, 27 de noviembre de 2013

Faltan políticas de estado

Como sucede con las medidas aisladas o espasmódicas, a falta de una política integral, el comercio ilegal se sigue expandiendo en la Ciudad de Buenos Aires. Según un relevamiento de CAME y FECOBA realizado entre el 7 y el 21 de este mes, en la avenida Rivadavia, del 4900 al 5300, zona cuyo epicentro es la esquina con Acoyte, se contabilizaron 121 manteros; cuando un año antes había 77. En ese mismo informe también aseguraron que en Cabildo y Juramento y las cuadras cercanas había 115 manteros, cuando en noviembre del año pasado habían encontrado 55. Pero no son los únicos centros comerciales que han crecido en comercio ilegal. En Pompeya, en la avenida Sáenz se pasó de 79 a 188 manteros en el último año, mientras que Lugano saltó de 22 a 35. En tanto, Liniers ya no sólo es un clásico de la venta ilegal sino que ahora también es el que más puestos tiene en toda la Ciudad, con 564... Este mes, según el relevamiento de CAME, fueron detectados en la Ciudad 2.484 puestos, un 5,84% más que el mes pasado y la cifra más alta de los últimos cuatro meses. Como siempre, el rubro más afectado fue el de Indumentaria, ya que cerca de un tercio de los puestos se dedican a la venta de ropa. Justo es reconocer que desde la Ciudad se ha actuado. Pero no alcanza con lo hecho; por el contrario, al ser solo medidas aisladas, pierden todo efecto, pues por caso, retiran de una calle a los manteros, como sucedió verbigracia en la peatonal Florida, pero estos rápidamente se instalan en otras como reflejo mas arriba. Y ya reconoció el propio gobierno de la Ciudad que no cuentan con policía suficiente para dar la batalla. Mientras tanto, desde el gobierno nacional no se hace nada a este respecto. Luego, a falta de una política de estado integral, los manteros se aprovechan y el comercio ilegal aumenta y se desarrolla sin cesar. En ese contexto, pierden los comerciantes regulares que sufren una competencia desleal, pierden los dueños de las marcas que padecen su falsificación, y finalmente pierde el estado que soporta una evasión impositiva mas que importante. Una vez mas, los manteros no son simples comerciantes que no tienen donde ir y por esa razón venden para sobrevivir; no es asi. O en todo caso esos son casos excepcionales. La regla es que nos enfrentamos a verdaderas organizaciones que copan las calles y lucran de manera ilegal con esta metodología que ya todos conocemos y a nadie sorprende. Para ampliar en la noticia, pueden leer Clarín que muy bien expone la situación. 
RJ

Leer Mas

martes, 26 de noviembre de 2013

Donde quedó el respeto y protección a la Propiedad Privada?

Para la Sala V de la Cámara del Crimen, subir una película a YouTube sin la autorización de sus dueños, no es un delito penal. Me apuro en señalar que no comparto tal criterio y decisión. En efecto, es clara la ley 11.723 -rectora de los derechos de autor-, en su artículo 1, en cuanto a que la protección del derecho de autor abarcará la expresión de ideas. Es decir, no resguarda solo la idea, sino también y quizás mas importante aún, la expresión de la idea. En su artículo 2, la referida ley dispone que "el derecho de propiedad de una obra científica, literaria o artística, comprende para su autor la facultad de disponer de ella. Súmese a ello lo que prescriben los arts. 1° y 2° del Decreto N° 8.478/1965 B.O. 8/10/1965 que obligan a exhibir la autorización escrita de los autores en la ejecución de música nacional o extranjera en público. Aceptado esto, cobra entonces importancia mayúscula lo que dispone el art. 9° del Cuerpo Normativo que vengo citando "Nadie tiene derecho a publicar, sin permiso de los autores o de sus derechohabientes, una producción científica, literaria, artística o musical que se haya anotado o copiado durante su lectura, ejecución o exposición públicas o privadas". En el caso sub-éxamen que comentamos, quienes subieron a YouTube la película "Un cuento chino" , protagonizada por Ricardo Darín, violaron la "expresión" de la idea y la facultad de disponer de ella de su autor; su autor no quiso subirla a YouTube para que el público pudiera acceder gratuitamente a ella, sino que quiso comercializarla de manera onerosa. Lo que nos lleva a concluir, que a nuestro criterio, quienes subieron la película a YouTube habrían violado el art. 9 precedentemente transcripto, ya que publicaron una obra que no es de su propiedad en Youtube , sin el permiso de su autor... En otras palabras, debería de cobrar vigencia, ya sea lo que dispone el art. 71 de la ley 11.723 "Será reprimido con la pena establecida por el artículo 172 del Código Penal, el que de cualquier manera y en cualquier forma defraude los derechos de propiedad intelectual que reconoce esta Ley. O en su caso, el art. 72 que establece "Sin perjuicio de la disposición general del artículo precedente, se consideran casos especiales de defraudación y sufrirán la pena que él establece, además del secuestro de la edición ilícita: a) El que edite, venda o reproduzca por cualquier medio o instrumento, una obra inédita o publicada sin autorización de su autor o derechohabientes;..." Adviértase que en esa misma dirección, la misma norma establece en su art. 73 que será sancionado "...a) El que representare o hiciere representar públicamente obras teatrales o literarias sin autorización de sus autores o derechohabientes; b) El que ejecutare o hiciere ejecutar públicamente obras musicales sin autorización de sus autores o derechohabientes. A modo de síntesis entonces, quienes subieron "Un cuento chino" a Youtube sin la autorización de su autor dispusieron de la película como propia, lo que pudiera importar una violación a los derechos de su verdadero dueño; lo que a no dudar, constituiría el tipo penal que describe el art. 72 de la ley 11.723. Luego, a criterio de este autor, la sentencia que critico estaría violando el derecho de propiedad sobre los derechos de autor. 
RJ

Leer Mas

viernes, 22 de noviembre de 2013

La AFIP una vez mas contra lo falsificado por Internet

Las autoridades de la AFIP en conjunto con Interpol (International Criminal Police Organization) y la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) bloquearon 37 sitios web en el exterior y hay otros 74 sitios web que están en proceso para ser dados de baja. La Justicia Federal ordenó realizar 10 allanamientos en Córdoba, en los que se secuestraron productos que se vendían por Internet. Se detectaron 277.000 pares de anteojos de sol y recetados por un valor que supera los 70 millones de pesos. También se secuestraron medicamentos tales como pastillas con propiedades abortivas, según la dosis y vía de administración; antidepresivos, disfunción eréctil, esteroides y subutramina, que está prohibida en el país, y productos electrónicos... Los allanamientos se realizaron en Córdoba Ciudad, Río Cuarto y San Juan. La maniobra consistía en ingresar los anteojos desde la República Popular China, para luego distribuirlos en más de 1.500 ópticas en todo el país y comercializarlos a través de Internet. Para ello, se reutilizaban sellos fiscales (estampillas) los cuales eran colocados en los anteojos. Las ópticas, al momento de vender los anteojos, los retiraban y los enviaban de retorno para colocarlos en nuevos anteojos. Se detectaron cajas con sellos fiscales usados y sueltos, algunos correspondientes a importaciones efectuadas en el 2008. Como vengo sosteniendo desde hace tanto tiempo, Internet es una de las fuentes mas usadas para comercializar productos en infracción; de igual suerte, sin la complicidad de comerciantes inescrupulosos y de terceros que adquieran esos productos el comercio ilegal no prosperaría como se viene desarrollando. Por suerte, la AFIP está con todos los sentidos puestos en este sentido... Para ampliar la noticia, leer La Nación...
RJ

Leer Mas

jueves, 7 de noviembre de 2013

Falsificación de marcas también en la campaña electoral

En la reciente campaña electoral que acaba de terminar que enfrentó al Frente para la Victoria que lidera Cristina Kirchner con el Frente Renovador que lidera Sergio Massa, se recurrió al fraude marcario para alimentar una campaña sucia contra quién se presentaba como el indiscutible ganador, y que dicho sea de paso, así resultó a la postre, y por un muy amplio margen por cierto pese a todo, Sergio Massa. Se recurrió para ello a un video trucho, en el que se hizo un uso indebido y sin autorización de la marca "+a" perteneciente a Sergio Massa. En este caso, la intención que tuvo el infractor al falsificar la marca, no tuvo por objeto vender un producto, sino perjudicar directamente al titular marcario. Así pues, podemos observar como el fraude marcario no solo se utiliza para lucrar con el comercio de la marca fraudulentamente imitada, sino también para perjudicar a un candidato en el marco de una contienda electoral....Muy bajo por cierto, pero una realidad que muestra que no hay límite a la hora de falsificar marcas...Esperemos ahora ver como actúa y responde la Justicia...
RJ

Leer Mas